Economía

Vigente el reglamento que exonera al agro de pagar el 15% del ISV

El documento publicado en La Gaceta contiene ocho categorías que incluyen 323 partidas arancelarias para insumos, equipo y maquinaria

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12.10.2016

Tegucigalpa, Honduras
Los productores del sector agrícola y agroindustrial ya pueden gozar de la exoneración del 15% del Impuesto sobre Ventas (ISV).

El reglamento preparado por la Secretaría de Finanzas (Sefin) se publicó el martes anterior bajo el Acuerdo 440-2016 en el diario oficial La Gaceta.

El documento vigente establece ocho categorías de artículos entre materia prima, insumos, equipo y maquinaria utilizadas para producir.

Las diferentes clasificaciones contienen 323 partidas arancelarias para los productos exonerados del pago de impuestos al fisco hondureño.

En el acuerdo no detallan cuántos productos en total abarca cada ítem o partida, por lo que resulta difícil definir cuántos son en total los bienes exonerados.

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Categorías
El primer grupo es el de materias primas, entre las que están la pasta de pollo, leches, miel y almidón.

Además, la compra e importación de herramientas para la producción agrícola como botes de plástico, machetes, monturas y bombas de mochila. Entre los productos farmacéuticos para uso veterinario se pueden mencionar alcohol, yodo y vacunas.

Foto: El Heraldo

En el cuarto grupo están los fertilizantes y abonos que sirven para mejorar el rendimiento de las cosechas.

También contempla los plaguicidas, fungicidas, herbicidas, insecticidas y raticidas.

En la sexta categoría se establecen las compras o importaciones de animales vivos, excepto los que entran para zoológicos o circos. Las semillas y material vegetativo son otra clasificación, excepto las de cereales.

Foto: El Heraldo

Por último se contempla la materia prima para alimentos balanceados, como harinas, maíz; excepto la destinada para mascotas.

Procedimiento
Para gozar de la exoneración, en el caso de las compras nacionales, los productores deberán presentar la constancia de estar inscritos en el Registro de Exonerados de la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras (DGCFA), en la Secretaría de Finanzas y el Registro Tributario Nacional (RTN).

Para importar, las personas jurídicas, incluyendo los comerciantes individuales, deben presentar, además de la constancia de la DGCFA y el RTN, los registros fitozoosanitarios y cualquier otro documento requerido.

El director de la Federación Nacional de Agricultores y Ganaderos (Fenagh), Céleo Osorio, consideró que la forma de aplicación del reglamento excluye a los pequeños productores.

Esto debido a que el trámite que indica el instructivo es igual hasta para comprar una bomba de mochila.

Osorio lamentó que no se estén incluyendo algunos artículos básicos para los agricultores como las botas de hule, entre otros.