A partir de la madrugada de este martes ningún partido político o candidato podrá hacer propaganda pidiendo el voto, lo contrario a esta disposición trae como consecuencia sanciones, medida que se extenderá a los medios de comunicación que se presten para violar la Ley Electoral.
El período de 90 días para hacer campaña terminó ayer a la medianoche. La Ley Electoral establece que la propaganda electoral solo podrá ser realizada dentro de los cincuenta (50) días calendarios anteriores a la práctica de las elecciones internas y primarias, y noventa (90) días calendario anteriores a la celebración de las elecciones generales.
“Fuera de los plazos establecidos en el presente artículo, queda prohibida la propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, la radio, periódicos escritos, revistas, vallas publicitarias en sitios o lugares públicos,altoparlantes fijos o móviles y concentraciones públicas”, añade. También hay sanciones para quienes infrinjan la ley.
“Los que contravengan lo establecido en este artículo serán sancionados con una multa de cien (100) a quinientos (40) salarios mínimos; igual sanción se impondrá a los medios de comunicación involucrados”
El silencio electoral en Honduras comenzó este martes.Desde las 12:00 de la madrugada los partidos políticos tienen prohibido realizar propaganda política y pedir el voto.
Tras 90 días de difusión de mensajes políticos y concentraciones (desde el 28 de agosto hasta el 20 de noviembre) ahora los aspirantes a cargos lectorales solo podrán hacer uso de los medios de comunicación para explicar, divulgar y difundir sus programas de gobierno.
Esto es lo que no pueden hacer los políticos a cinco días de los comicios, según el artículo 149 de la Ley Electoral y las Organizaciones Políticas:
1. Quedan prohibidas las manifestaciones públicas.
2. No deben de realizar propaganda política.
3. Publicar resultados totales de encuestas o sondeos de opinión pública.
4. Tampoco pueden publicar material impreso, audiovisual, electrónico, radiofónico y magnético con mensajes políticos que soliciten votos a favor de los partidos.
De acuerdo a la ley, el incumplimiento de estos artículos representa una multa de 40 salarios mínimos y es aplicable a los partidos políticos, alianzas y las candidaturas independientes.
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