Suplantar a otra persona en el ejercicio del sufragio es un delito electoral; Comprar o vender el voto; Anular el voto, alegando causales que no estén comprendidas en la LEOP (ley); Omitir la firma, por parte del Presidente(a) o Secretario(a) de la MER, en la papeleta electoral; Obstaculizar el desarrollo del Cronograma de Actividades del TSE, y alterar las bases de datos, que contiene el Censo Nacional Electoral, las que sirven de base para su elaboración, las que contienen la información de escrutinios y las demás relacionadas con la documentación electoral. (Foto: El Heraldo Honduras/ Noticias Honduras hoy) 16/11/2017 - 05:11