La Sala de lo Constitucional declaró este jueves inadmisible dos recursos de inconstitucionalidad sobre la reforma de la Ley del Presupuesto General en Honduras.
Los recursos fueron presentados por el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) y la Asociación por una Sociedad más Justa (ASJ).
“La decisión es de declarar inadmisible estos dos recursos de inconstitucionalidad a los artículos 123 y 238 de la Ley de Presupuesto General”, declaró Melvin Duarte, director de comunicaciones de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
“Los magistrados establecen que estas organizaciones no tienen el interés directo, personal ni legitimo para presentar esta acción de inconstitucionalidad”.
Sin embargo la Sala Constitucional aceptó un recurso interpuesto por el Ministerio Público (MP).
Cabe recordar que el Congreso Nacional aprobó reformas a la ley orgánica del Presupuesto el jueves 20 de enero del año 2018 a las 5:11 p.m. con el apoyo de 69 diputados, 11 abstenciones y dos votos en contra.
Lo que abarca la reforma a la Ley de Presupuesto
La reforma por adición al artículo 16 de la Ley del Presupuesto indica que la administración de los recursos públicos también le corresponde al “Congreso Nacional y sus diputados para solicitar, gestionar, recibir, administrar y ejecutar fondos públicos de cualquier fuente, incluso tercerizados o descentralizados, destinados a proyectos de desarrollo, ayudas sociales y al fortalecimiento de la gobernabilidad y la democracia”.
La Maccih ha manifestado por lo tanto su descontento porque la reforma tendrá carácter retroactivo, lo que significa que los que enfrentan una acusación penal por malversación de caudales públicos podrían quedar libres de culpa.