El polémico artículo 335-B del Código Penal fue derogado, este martes, por unanimidad de votos en una sesión del pleno del Congreso Nacional de Honduras (CN).
A través de Twitter el presidente del CN, Mauricio Oliva, aplaudió la decisión 'Acabamos de aprobar por unanimidad eliminar el art. 335-B del Código Penal, como me comprometí con todos los periodistas del país. La CSJ emitió su opinión favorable. La medida algunos comunicadores sociales consideraban violaba la libertad de expresión'.
En el artículo 335-B del Código Penal se establecía textualmente que incurre en apología del odio e incitación de actos de terrorismo, quien 'públicamente o través de medios de comunicación o difusión destinados al público hiciere apología, enaltecimiento o justificación del terrorismo o de quienes hallan participado en su ejecución, o incitare a otro u otros a cometer terrorismo o financiamiento de éste, será sancionado con pena de cuatro a ocho años de prisión'.
Con la derogación, la 'ley mordaza', considerada por el Colegio de Periodistas de Honduras (CPH) como un mecanismo que atenta contra la libertad de expresión y de prensa, quedó en la historia.
El pasado 29 de mayo el presidente de la cámara legislativa, Mauricio Oliva, nombró una comisión de dictamen para que se pronunciara sobre una iniciativa de derogación del polémico literal del Código Penal.
¿De qué trataba el artículo 335-B?
El artículo 335-B fue adicionado por el diputado nacionalista Óscar Álvarez, luego de haberse aprobado el paquete de reformas penales, saltándose el procedimiento que manda la ley en febrero de 2017.
La polémica reforma, concerniente al delito de terrorismo, sufrió cambios cuando se le agregó como causas de terrorismo los incendios u otros estragos contra un ciudadano civil o su propiedad que provoquen terror en la población.