Tegucigalpa, Honduras
La reelección presidencial -ya sea inmediata, alterna o indefinida- es permitida en la mayoría de países de Centroamérica y Sudamérica, pero previo a estos cambios constitucionales ha habido prolongados debates entre la oposición y la clase política que ostenta el poder.
La oposición ha criticado siempre las pretensiones de quedarse en el poder del partido que dirige los destinos del país, pero se ha comprobado que con los años esa misma oposición cuando gana un proceso electoral se ve beneficiada y pretende sacar provecho de la legislación que en su momento cuestionó.
En el caso de Centroamérica, la reelección es prohibida de manera absoluta solo en Guatemala, mientras en Honduras se mantiene un debate sobre la legalidad o no de la sentencia que en 2015 emitió la Corte Suprema de Justicia en la que declaró la inaplicabilidad del artículo 239 constitucional que prohíbe o prohibía al titular del Ejecutivo postularse para un nuevo período.
La reelección presidencial de manera indefinida solo es permitida, en el caso de Centroamérica, por la Constitución de Nicaragua, luego de que el 30 de septiembre de 2010 la Corte Suprema de Justicia declaró la inaplicabilidad del artículo 147 constitucional, que permitía la reelección alterna. Ahora en Nicaragua un presidente puede reelegirise cuantas veces quiera. También está de manera indefinida en Cuba y Venezuela. En el resto de países de Centroamérica: El Salvador, Costa Rica y Panamá, un presidente puede buscar de nuevo dirigir los destinos del país, pero de manera alterna.
En el pasado reciente, este caso ya ocurrió en Costa Rica con óscar Arias. También se permite la alterna en Chile, Perú y Uruguay. La reelección presidencial está prohibida de manera absoluta en Colombia, México y Paraguay, país este último que sufrió cambios constitucionales tras la dictadura de 36 años de Alfredo Stroessner.
La reelección inmediata (período siguiente) la autorizan las constituciones de Brasil, Bolivia, Ecuador y EE UU