¿Ya se eliminaron los cobros de los bancos por recibir transferencia electrónica?

La Comisión Nacional de Bancas y Seguros (CNBS) prohibió a los bancos cobrar al receptor del dinero, así como otros siete cobros por servicios bancarios, pero dio un mes de plazo a las instituciones financieras para adecuar sus sistemas a la medida

Las autoridades del CNBS determinaron que ya no se cobre por recibir transferencias electrónicas.

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Ni sí ni no

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- En diferentes redes sociales se quejan que continúa el cobro bancario por recibir transferencias electrónicas de otra institución financiera, por lo que alegan que el comunicado de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), donde consta la prohibición de esa práctica, es una farsa.

Ante estas denuncias, el equipo de Fact Checking de EL HERALDO Plus investigó si realmente se eliminaron los cobros realizados por los bancos a las personas que reciben dinero vía transferencia electrónica.

La CNBS informó el 27 de abril pasado, a través de un comunicado, que se reformaron los artículos 8 y 22 de las “Normas complementarias para el Fortalecimiento de la Transparencia, la Cultura Financiera y Atención al Usuario Financiero”.

El artículo 8 ahora establece que “en transacciones individuales de los clientes, por envío de transferencias por banca electrónica, retiros en cajeros automáticos o cualquier otro medio digital, (se debe) informar al usuario previo a la realización de la transacción, el valor de la comisión a cancelar”.

Mientras que en el artículo 22 reformado se califican como prácticas abusivas ocho tipos de cobros por parte de las instituciones financieras:

1. Transferencias electrónicas: cobrar comisiones u otros cargos al usuario financiero que recibe la transferencia electrónica.

2. Retiros o depósitos: cobrar comisiones u otros cargos por efectuar retiros o depósitos por ventanilla en cuentas de ahorro, así como por la cancelación de las mismas.

3. Tracto sucesivo: cobrar a los clientes por los análisis de debida diligencia realizados a las garantías hipotecarias que respaldan las operaciones de crédito.

4. Saldos mínimos en cuentas de ahorro y cheques: cobrar por cargos por saldos mínimos o bajos promedios en las cuentas de ahorro o cuentas de cheques.

5. Banca electrónica: establecer cargos por la suscripción o cancelación del servicio de banca electrónica.

6. Errores operativos de la institución: efectuar cobros a los usuarios financieros por errores operativos en las transacciones atribuibles a la institución.

7. Inactividad de cuentas de ahorro y cheques: establecer comisiones u otros cargos por inactividad de cuenta de ahorro y de cheques. Lo anterior en cumplimiento de los establecido en el artículo 171 de la ley del sistema financiero.

8. Certificaciones por pago total de deuda garantizada por hipoteca: cobrar al usuario financiero por la emisión de certificaciones emitidas por una institución del Sistema Financiero, en el que acredite el pago total de una deuda garantizada por hipoteca, para efecto de cancelación de gravamen en el registro de la propiedad.

En cuanto a las transferencias electrónicas, merece destacar que se habla únicamente de los cobros por recibir dinero, pero no de los que se ejecutan, por lo tanto sigue vigente la comisión por el depósito o envío de dinero por la vía electrónica.

Las comisiones que se eliminaron son por recibir transferencias ACH y retiros de dinero en ventanilla o por cancelar cuenta bancaria.

Además, los cobros por saldos mínimos o inactividad de la cuenta, las comisiones por contratar banca electrónica, cargos por errores que haga el banco en los procesos de transacciones y cobros por emitir finiquitos de préstamos.

Las transferencias ACH son aquellos movimientos vía electrónica entre bancos y cooperativas de crédito.

En el comunicado se deja claro que estas nuevas medidas entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, por lo que las instituciones bancarias deberán eliminar sin inconvenientes estos recargos a los usuarios del sistema financiero.

La reforma salió publicada en la edición 35,909 de La Gaceta el pasado 28 de abril.

El presidente de la CNBS, Mario Sierra, declaro al equipo de Fact Checking EL HERALDO Plus que “ la banca ha pedido un periodo para poder ajustar sus sistemas, nosotros vamos a recomendar que pueden hacer el ajuste, pero definitivamente las medidas ya entraron en vigencia”

Sierra consideró que 30 días deberían de ser necesarios para acoplarse al nuevo sistema, ya que considera que tales ajustes no son complicados.

Por su parte, el exepresidente de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, Jose Luis Moncada, coincidió en que indiscutiblemente los bancos quieren cumplir con la resolución, pero requiere un cambio tecnológico y que cada banco tiene su nivel de avance para matizar las nuevas reformas implementadas por las CNBS.

“Yo creo que la comisión tuvo que haber establecido desde el inicio un plazo para adaptación, esperando para la matización que la banca había solicitado, por lo tanto habrá un poco de confusión”, valoró.

Moncada explicó que su postura obedece a que “fue creado por falta de comunicación o de entendimiento para mí por parte de la comisión de que esto lleva un proceso de tecnología donde tiene que adaptarse y depende mucho de la capacidad tecnológica de cada una de las instituciones bancarias”.

Ante los retrasos de los bancos para aplicar la medida, la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (Ahiba) presentó una solicitud a la CNBS para que les conceda un plazo de 30 días.

En ese sentido, el CNBS otorgó un plazo de 30 días a partir del 5 de mayo para que las instituciones del sistema financiero, sociedades emisoras de tarjetas de crédito y organizaciones privadas de desarrollo financieras adapten sus sistemas y apliquen las reformas.

En el comunicado también se ordena que cualquier cobro efectuado a los usuarios financieros referente a los conceptos de prácticas abusivas que se realicen a partir del 28 de abril del año en curso deberá ser reservado y devuelto inmediatamente finalizado el proceso otorgado.

Aunque ya salieron publicadas las nuevas normativas regulatorias por cobros abusivos de los bancos, aún no se ejecuta a plenitud la decisión, ya que es un proceso de tecnología y requiere de cierto tiempo para que los bancos se adapten.

Por lo tanto, hasta que no finalice el período de gracia concedido a los bancos, este equipo califica como Ni sí ni no la eliminación de los cobros de los bancos por recibir transferencia electrónica.

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Comisión Nacional de Bancos y Seguros