ENP da contrato de arriendo con grandes privilegios para terminal de gas natural
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Tegucigalpa, Honduras.- Un contrato de arrendamiento con grandes privilegios entregó la Empresa Nacional Portuaria (ENP) a la sociedad hondureña Génesis Energías para que la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) pueda recibir 240 megawatts (mw) de la cuestionada empresa Brassavola.
El documento en poder de la Unidad Investigativa de EL HERALDO Plus reseña que la ENEE y la empresa Comercializadora de Electricidad Centroamericana de Honduras S.A.(Cechsa), a cargo del proyecto energético de Brassavola, suscribieron el 28 de febrero de 2008, un contrato de suministro de energía eléctrica.
El documento comprometía a Cechsa a construir, operar y mantener un proyecto de generación eléctrica de 150 MW de capacidad, a base de carbón, pero luego se cambió a diesel y finalmente a gas natural, por medio de una adenda que se debe aprobar en el Congreso Nacional.
Este tipo de procesos se realizan mediante el decreto 46-2022 de la Ley Especial para Garantizar el Servicio de la Energía Eléctrica como Bien Público de Seguridad Nacional y un Derecho Humano de Naturaleza Económica y Social, que manda a que todo contrato de generación suscrito y publicado en La Gaceta debe iniciar a suministrar energía.
Este marco normativo permitió a Cechsa suscribir un contrato a largo plazo con Génesis Energías, por medio del cual buscan invertir unos 200 millones de dólares, unos 5,000 millones de lempiras al cambio actual, para el suministro de Gas Natural Licuado (GNL), para lo cual se debe construir, instalar y operar una terminal de GNL, y así Brassavola aumentaría su capacidad de generación a 240 MW.
La estación generadora que funciona en el municipio de Villanueva, Cortés, tenía el compromiso ante las autoridades de Honduras de entrar en operación comercial el tercer trimestre de 2024, dice el contrato, pero estos plazos aún no se cumplen.
La idea del proyecto es mantener un buque permanente en la bahía de Puerto Cortés, denominado Unidad de Almacenamiento Flotante (FSU) para recepcionar el GNL y enviarlo a la terminal.
Para que Cechsa pueda operar, la ENP le otorgó un contrato directo de arrendamiento de los predios en Puerto Cortés, a Génesis Energías, por un plazo de 30 años con posibilidad de ampliarlo a 10 más, como si se tratara de una concesión, según los expertos consultados por la Unidad Investigativa de EL HERALDO Plus.
Llama la atención que Génesis ya comenzó a realizar trabajos en el predio arrendado, pese a que el contrato no ha sido aprobado por el Congreso Nacional, siendo una obligación porque excede el periodo de gobierno.
La Oficina de Transparencia de la Superintendencia de Alianza Público Privada (SAPP) informó por medio de las solicitudes de información públicas No. SOL-SAPP-126-2024 y SOL-SAPP-127-2024, que son un ente regulador, supervisor y fiscalizador de los contratos de APP y no participan en la formulación de los contratos, por lo cual no se dan cuenta de ese proceso.
Analistas consultados por este medio opinan que son muchos los abusos cometidos por la gerencia de la ENP al momento de firmar el contrato de arrendamiento el 29 de enero de 2024 por prestación de servicios marítimos portuarios con la empresa Génesis Energías, con capital guatemalteco, aunque también se menciona que es argentino-noruego.
El experto en gestión de proyectos, Marvin Melgar, explicó que este contrato se debió realizar mediante una licitación pública, por medio de la Ley de Contratación del Estado, o por medio de la Ley de Alianza Público Privadas (APP), pero aparte que no se respetó eso, también se modificó mediante una adenda el 22 de agosto pasado.
La contratación se hizo de forma directa, y aunque se está enmascarando todo como un contrato de arrendamiento, este es un proyecto para la construcción de un puerto de gas, es decir, que es un puerto lo que se quiere construir, y de alto riesgo ambiental para las personas.
Lo que se ha dicho es que van a colocar una unidad flotante, es decir, un barco en 72 pilotes, que ya fueron traídos desde China, y van a instalar un gaseoducto, que será un lugar de paso para llevar el GNL a Villanueva, Cortés, para el proyecto de Brassavola.
La pregunta que surge es, ¿si es solamente una unidad flotante, por qué le están arrendando 78,500 metros cuadrados de tierra?, ya que el lote I tiene 24,545 metros cuadrados, y el lote II es de 54,020 metros cuadrados.
En el objeto del contrato inicial, en el punto 2.1 habla de la prestación de servicios portuarios para una terminal de llenado, descarga, autogeneración y generación de energía eléctrica.
Pero en la adenda del 22 de agosto pasado, el objetivo 2.1 expresa que la ENP establece los términos legales para el acondicionamiento de un área de terreno que facilite y contribuya a la recepción, y almacenamiento de gas natural licuado.
Agrega que la ENP debe autorizar posteriormente al arrendatario, la construcción de una infraestructura o terminal flotante de recepción, almacenamiento y reexportación de GNL dentro de la terminal portuaria de Puerto Cortés.
“Desde ese punto no se puede ver como un arrendamiento, sino que como una concesión, porque van a construir infraestructura y van a instalar equipamiento, y con precios demasiado bajos”, señaló Melgar.
El título 4.1 establece que la empresa pagará apenas 1 dólar por metro cuadrado una vez firmado el contrato hasta la puesta en marcha de la operación comercial, y ya puesto en marcha, el pago será de 2.5 dólares por metro cuadrado.
En los títulos 3.4 y 3.5 dice que se puede subarrendar, “el arrendador autoriza al arrendatario, sin costo adicional alguno, a suscribir cualquier tipo de contrato de subarrendamiento para área, servicios o ejecución de obras, con un tercero o terceros, según lo requiera el arrendatario en relación al proyecto y a su entera discreción”.
En ese sentido, la empresa que tiene el terreno arrendado lo puede subarrendar a otro a un mayor precio, es decir de 2.5 dólares, lo pueden arrendar a 10, 15 o hasta 30 dólares el metro cuadrado, ya que el alquiler en puerto es altamente costoso.
Desde enero, cuando se aprobó el contrato, Génesis está pagando 78,000 dólares mensuales, 1.9 millones de lempiras, pero cuando ya se construya toda la infraestructura, pasa de 1 dólar a 2.5 dólares, unos 195,000 dólares, es decir, 4.8 millones de lempiras.
Lo mínimo que debería ser el pago es de 12 0 20 dólares por metro cuadrado, estimó Melgar.
Algo que es peligroso para el Estado, alertó, es el punto 4.3.6, donde dice que el arrendador está obligado a gestionar ante las autoridades municipales el registro del sitio de la terminal para los fines de su propia clave catastral, de manera separada de los demás inmuebles del arrendador para los fines de pagos de impuestos.
Melgar consideró que eso significa que la empresa arrendadora podrá registrar ese terreno a su nombre ante el Instituto de la Propiedad (IP), siendo una amenaza para los bienes del Estado, lo más idóneo es que la empresa le pague al arrendador y este pague a la municipalidad, “todo indica que lo que se busca es vender esa propiedad”.
En el punto 6.2 la ENP está asumiendo los riesgos al establecer en el contrato que “el arrendador se obliga a proteger, indemnizar o mantener indemne y liberar de toda responsabilidad al arrendatario, y como parte indemnizada, a sus afiliados y sus respectivos dueños, directores, oficiales, empleados, agentes y representantes de cualquier pérdida que resulten o sean atribuibles a condiciones preexistentes y cambios migratorios que resulten de contaminantes ingresando al sitio de la terminal desde la fecha de inicio y durante el plazo del contrato”.
Para el experto eso no es manejo de riesgos, para ello se deben definir protocolos de seguridad, tanto para riesgos ambientales, seguridad de empleados y toda serie de elementos, con una garantía de sostenimiento, hasta que pasara al Congreso, y luego una garantía de cumplimiento para cuando esté operando el proyecto.
Pero eso no existe porque disfrazan el contrato como un arrendamiento, si solo fuera por un año, no hubiera ningún problema, pero cuando ya es a 30 años y que se puede ampliar por 10 años más, ya implica más responsabilidades.
Asimismo, el punto 8.2 establece que el contrato debe ser objeto de inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble que corresponda, de manera de garantizar el uso del sitio de la terminal por parte del arrendatario para el cual estará destinado por el plazo del contrato.
Cualquier tercero que adquiera el sitio de la terminal en el futuro, o pretenda crear sobre el mismo algún gravamen o carga, deberá respetar la validez, vigencia y plazo del contrato sin afectar los intereses y derechos del arrendatario.
Mientras que el punto 30.1 establece que en caso que el arrendador ponga a la venta el sitio de la terminal a un tercero, el arrendador debe notificar al arrendatario sobre dicha oferta de venta y de cualquier oferta de compra de dicho bien por parte de un tercero, incluyendo términos comerciales y legales detallados, o copia del contrato de venta, para que tenga la primera opción de compra.
Eso es absurdo, según el experto, porque el Estado no puede vender esas propiedades, y dice que la empresa arrendadora tiene la preferencia, cuando los terrenos públicos y sobre todo estratégicos, como puertos y a la orilla del mar, eso es una tontería completamente.
El predio es estratégico en Puerto Cortés, ubicado en el sector de la puntilla de la península, un poco más adelante del muelle 1 o de combustibles, entre Campo Rojo y El Faro.
El Consejo Directivo de la ENP debió conocer antes este contrato, no solo el director, porque es lesivo para el país, y era el Consejo Directivo que lo tenía que elevar a la Secretaría de Finanzas, para valorar si hay pasivos firmes o contingentes y luego al Congreso Nacional para su aprobación, ese es el procedimiento, dijo Melgar.
También es de considerar que, cómo se va ejecutar un proyecto sin que la ENP tenga el master plan, el análisis de riesgos ambientales y el modelo económico financiero.
Las autoridades de la ENP informaron a EL HERALDO PLUS por medio de la solicitud de información SOL-ENP-196-2024 que no habían recibido documentos referentes a estudios de diseño e infraestructura que se instalará en el área.
Tampoco existen licencias o estudios ambientales, pese a los riesgos que enfrenta el ecosistema de donde se va construir la terminal.
El experto indicó que Génesis no solo tiene que afianzar el pago de arrendamiento, ellos tienen que pagar canon como lo hacen las concesionarias del puerto, la Operadora Portuaria Centroamericana (OPC), la terminal de Graneles y como lo hacía Chiquita Brands.
De lo contrario el gobierno está regalando un megaproyecto por 190,000 dólares mensuales, que no es nada en comparación con lo que está empresa puede producir.
Otro título preocupante es el 17.1 que dice que el arrendador en representación del Estado, garantiza la seguridad jurídica sobre las inversiones que se lleven a cabo en el proyecto, y el sostenimiento para el cumplimiento del plazo establecido en el contrato.
En el título 19.1.1 menciona el seguro de indemnización de protección e indemnización por daños a personas y propiedades de terceros, con límites no menores a 1,000,000 de dólares por cada evento y 2,000,000 de dólares como total general, algo que es contraproducente.
Quienes firmaron el contrato, en este caso, el gerente de la ENP, Carlos Arturo Bueso Chinchilla, se busca proteger con la cláusula 26.1 donde menciona que “ninguno de los accionistas o miembros de las partes, ni sus respectivos directores, oficiales, empleados, agentes o representantes serán personalmente responsables por cualquier monto debido bajo este contrato”.
También expresa que ninguna parte buscará una acción personal en contra de dicha persona para el pago de dichos montos y ninguna propiedad o bien de dichas personas puede ser vendida, incautada o de otro medio utilizado para satisfacer una resolución relacionada con este contrato.
EL HERALDO Plus trató de hablar con las autoridades de la ENP y aunque el encargado de Relaciones Públicas, Heber Betancourt, prometió dar una respuesta, al momento de la publicación de este artículo no lo habían hecho.