Diputados no pasan de dos sesiones por semana ante la mora en emitir dictámenes

La directiva todavía sigue a la espera de la opinión de la CSJ para derogar reformas a leyes

Sin el sistema de votación electrónica se siguen aprobando decretos en el hemiciclo legislativo, por lo que no se lleva un control de los votos en contra y las abstenciones.

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Congreso

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Por tercera semana consecutiva los diputados del Congreso Nacional no sesionaron un jueves, por lo que tampoco pasan de dos reuniones por septenario y siguen devengando el mismo salario sin sacrificarse.

La mora en emisión de dictámenes de parte de las comisiones ordinarias y especiales genera poca actividad legislativa en un órgano unicameral que acumula 14 encuentros presenciales de la primera legislatura.

En lugar de reunirse en el hemiciclo, los congresistas trabajan a lo interno de las comitivas, lo que podrían hacer tanto el lunes como el viernes, que son días que por lo general no se convoca a sesión ordinaria.

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La presentación de iniciativas de ley, así como de proyectos de decreto, no ha cesado y aunque se turnan a las comisiones todavía no se reflejan los resultados, mucho menos se traduce en productividad parlamentaria de parte del denominado Congreso del pueblo.

Para muestra, el miércoles anterior solo se aprobaron tres decretos y muchas de las propuestas introducidas ante el pleno de diputados con “bombos y platillos” siguen socializándose, y otras a la fecha no quedaron en nada.

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A la espera

Si bien el Congreso Nacional le dio un plazo de 24 horas a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para complementar su opinión sobre la derogación de reformas al Código Penal al igual que otras normativas, la junta directiva del Legislativo sigue a la espera de ese dictamen, que no es vinculante.

Así lo informó a EL HERALDO el secretario de este poder del Estado, Carlos Zelaya, quien escuetamente mencionó que “todavía estamos esperando”.

Hace nueve días el presidente del Congreso, Luis Redondo, emplazó al máximo órgano jurisdiccional del país para pronunciarse en la abolición de dos decretos que limitaron las funciones del Ministerio Público (MP).

Ya la CSJ había dado su opinión referente al decreto 116-2019 que contiene la Ley Especial para la Gestión, Asignación, Ejecución, Liquidación y Rendición de Cuentas de Fondos Públicos para Proyectos de Orden Social, Comunitarios, Infraestructura y Programas Sociales, popularmente conocida como “Ley especial del Fondo Social Departamental”.

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