Ministerio Público: “Se debe examinar” movimientos de bienes de Juan Orlando Hernández previo a aseguramientos
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TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El Ministerio Público anunció que “se debe examinar” la operación mediante la cual se otorgaron unos bienes del expresidente hondureño Juan Orlando Hernández a una institución financiera bajo la figura de dación de pago previo a los aseguramientos.
Según el comunicado emitido por la Fiscalía, además de analizar la debida diligencia, se debe constatar la “acreditación de una tercería de buena fe exenta de culpa”.
Documentos en poder de EL HERALDO Plus evidenciaron que la ex primera dama -en nombre de su esposo Hernández Alvarado- traspasó el 21 de marzo de 2022 bajo la figura de “dación de pago” varias propiedades a una institución bancaria: la sociedad Inversiones del Río, S. de R.L., otra propiedad en el sector del Hato de Enmedio y una en el bloque H de Villas Palmeras.
Las transacciones se realizaron para saldar préstamos hipotecarios y cancelación de tarjetas de crédito a un monto de 28.2 millones de lempiras.
El Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) calificó ese movimiento como una “jugada adelantada” ante el inminente aseguramiento de bienes contra Hernández y su familia, que se ha hecho efectivo a partir de este viernes.
Aseguran bienes
Desde horas muy tempranas de este viernes se dio inicio al aseguramiento e incautación de bienes del exmandatario hondureño Juan Orlando Hernández, solicitado en extradición por Estados Unidos.
Las acciones están siendo desarrolladas por el Ministerio Público (MP) a través de la Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (Fescco) y la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN) en los departamentos de Lempira, Olancho y Francisco Morazán.
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Lo anterior incluye 33 bienes inmuebles, ocho sociedades mercantiles, 16 vehículos y 80 productos financieros, vinculados al núcleo familiar Hernández García.
El MP especificó que el aseguramiento total de los bienes fijados implica una prohibición registral de celebrar actos y contratos sobre los referidos bienes, es decir, que los Hernández García no podrán transferir, convertir, gravar o enajenar, trasladar bienes, productos, instrumentos o ganancias de sus propiedades tras las medidas precautorias, cautelares o de aseguramiento.
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La Ley de Privación de Dominio establece que los bienes pueden ser sujetos de aseguramiento cuando se logre demostrar que realmente hubo una intención de perjudicar al Estado de Honduras y eso es lo que debe investigar el MP, explicó Suazo Barillas.
En tal sentido, lo que se debe investigar, amplió, es un posible lavado de activos, ya sea a título de autores, testaferrato o algún grado de encubrimiento.
La medida de aseguramiento tiene una duración de 12 meses, sin embargo se puede extender por 365 días más.
Un vez transcurrido el término de de 12 meses después de dictadas y ejecutadas las medidas precautorias, cautelares o de aseguramiento, sin que el MP haya promovido la acción de Privación de Dominio, estás podrán ser revocadas.
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