Un lucrativo negocio realizan una gran cantidad de prestamistas no bancarios que operan en Honduras sin autorización de la Dirección Ejecutiva de Ingresos.
Desde 2004, las personas naturales y jurídicas que se dedican al préstamo de dinero en efectivo están obligadas a reportar sus operaciones a la DEI, con el propósito de controlar sus actividades y que paguen los impuestos respectivos.
No obstante, los propietarios de estos negocios solo cumplieron con esa obligación cuando iniciaron sus operaciones, lo que ha despertado la atención de varias autoridades por las constantes denuncias de abusos que cometen los prestamistas no bancarios con sus clientes.
Registro
Un informe estadístico preparado por la DEI, al cual tuvo acceso EL HERALDO, revela que el número de estos negocios ha venido en aumento en los últimos años, lo que se explica en parte por la crisis económica que agobia a la población asalariada y no asalariada.
La Dirección Ejecutiva de Ingresos, que es la institución pública responsable de regular estos negocios, tiene registrada en su base de datos 1,654 casas de empeño en todo el país, sin embargo, apenas 20 tienen sus permisos activos, o sea que son las que reportan sus actividades y cumplen con las obligaciones tributarias fijadas por las leyes correspondientes.
Los restantes 1,654 prestamistas no bancarios operan al margen de la ley y pueden ser sancionados con fuertes multas por no estar registrados en la DEI. En términos porcentuales, apenas el 12% de las casas de empeño están en línea con lo estipulado por las leyes competentes, especialmente con la Ley del Sistema Financiero.
La mayor parte de estos negocios funcionan en las principales ciudades del país, amparados en un permiso de operación que extienden las alcaldías bajo el título de “prestamistas no bancarios”, por el cual pagan una tasa anual, siendo la cantidad mínima 5,000 lempiras, la que varía de acuerdo con el municipio.
No obstante, se conoció que en el mercado hondureño existe otra gran cantidad de prestamistas que operan de forma clandestina, que son personas que ofrecen dinero a cambio de garantías prendarias e hipotecarias.
Control
De acuerdo con el artículo 173 de la Ley del Sistema Financiero, aprobado mediante decreto 129-2004 del 22 de septiembre de 2004, las personas naturales o jurídicas que habitualmente se dediquen a invertir y prestar con sus propios recursos serán consideradas prestamistas no bancarios y quedarán sujetas a lo dispuesto por el decreto ley No. 14 del 9 de enero de 1973 y su reglamento.
Agrega que a partir de la vigencia de la presente ley, la Comisión Nacional de Bancos y Seguros deberá trasladar a la DEI el registro de prestamistas no bancarios, labor que realiza desde 2004.
“Estamos trabajando en un cruce de información con las alcaldías para que nos proporcionen las información respectiva sobre los permisos de operación otorgados a los prestamistas no bancarios”, dijo un funcionario de la Dirección Ejecutiva de Ingresos.
Agregó que las alcaldías disponen de información actualizada porque estos negocios están obligados a actualizar su permiso de operación, lo que les permitirá alimentar su base de datos para comenzar a realizar una serie de operativos en las principales ciudades del país.
De acuerdo con el informe proporcionado por la DEI, el mayor número de prestamistas no bancarios se concentran en Francisco Morazán y Cortés, con 575 y 479, respectivamente.
El entrevistado de la DEI sostuvo que el control sobre las casas de empeño es de suma importancia para cumplir con los objetivos de recaudación de impuestos, ya que estas están obligadas a presentar sus declaraciones del impuesto sobre la renta. Agregó que no hay estudios que indiquen cuánto pierde el fisco por la evasión de impuestos que cometen esos negocios.
Préstamos leoninos
Los préstamos prendarios e hipotecarios que ofrecen a una gran cantidad de personas ávidas por conseguir dinero para suplir sus necesidades terminan en pesadilla para los clientes por los elevados intereses que aplican sobre los créditos en efectivo.
La tasa de interés que cobran las denominadas casas de empeños como se le conoce también a los prestamistas no bancarios es del 10% mensual, o sea 120% mensual.
Una característica de sus clientes es que no tienen acceso a préstamos en el sistema financiero formal por estar en la categoría de elegibles por estar en mora con un banco, cooperativa o casas comerciales que distribuyen electrodomésticos.
Los intereses que aplican sobre los préstamos en efectivo que otorgan a sus clientes duplican y a veces triplican las tasas del sistema financiero formal.
La tasa de interés es de 10% mensual, o sea 120% anual, superior al 60% máximo que cobran las sociedades emisoras de tarjetas de crédito y al 40% que se pagan por créditos que otorga la banca comercial.
Este rotativo consultó en varios negocios que operan en la capital, donde la respuesta fue que el monto del préstamo está sujeto a la condición física de la prenda, así como del avalúo de la vivienda o terreno.
Los entrevistados confirmaron que el interés es del 10% mensual, y si el cliente dice que en 15 días pagará el capital, la tasa siempre es la misma.