Economía

Finanzas revisará solicitudes de los aumentos salariales de instituciones en Honduras

En el proyecto del presupuesto 2024 hay una sección sobre incrementos salariales y salario mínimo con 10 artículos que definen los requisitos y regula los ajustes en las remuneraciones del sector público
21.09.2023

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El proyecto del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el ejercicio fiscal 2024 en sus disposiciones define al igual que regula lo concerniente a aumentos de salario en el sector público.

EL HERALDO verificó que hay una sección denominada incrementos salariales y salario mínimo compuesta de diez artículos, donde se especifica desde requisitos hasta prohibiciones para el ajuste de remuneraciones a empleados el próximo año.

Para el régimen de servicio civil, toda solicitud de ampliaciones o nivelaciones de salario será evaluada y dictaminada por el órgano competente en materia de recursos humanos previo a la aprobación de la disponibilidad presupuestaria correspondiente y emisión de autorización a través de resolución interna por la Secretaría de Finanzas (Sefin), establece el artículo 69 del documento de política fiscal.

En el presupuesto 2023 aprobado fue especificado en el artículo 162 que para ese ejercicio fiscal quedaban restringidos los aumentos salariales en el Sector Público No Financiero (SPNF) debido a la emergencia sanitaria provocada por el covid-19, incluyendo los efectos de las tormentas tropicales ocurridas en el 2020.

Estudio económico

En la siguiente disposición estipula que toda institución pública antes de otorgar incrementos salariales deberá presentar a Finanzas un estudio económico y financiero que acredite la sostenibilidad del beneficio.

“Los incrementos no podrán exceder el índice interanual de precios al consumidor (IPC) publicado por el Banco Central de Honduras (BCH) al cierre del 2023, salvo los casos de reestructuración”, añade el artículo 70 al tiempo que subraya que la Sefin mediante la Dirección General de Presupuesto revisará las referidas peticiones y en su caso emitirá dictamen y también resolución.

En el artículo 71 de las disposiciones presupuestarias revisadas por EL HERALDO especifica que “se prohíbe otorgar incrementos salariales a personal que tiene menos de un año de laborar en la administración pública; plazas vacantes, plazas con licencias y plazas que se encuentren con procesos judiciales”.