Honduras

Diputado liberal busca con interpretación de la Constitución implementar segunda vuelta   

El parlamentario Juan Carlos Elvir dijo que su alternativa podría prevenir una futura crisis en las próximas elecciones de noviembre

01.06.2021

TEGUCIGALPA, HONDURAS.-Con el fin de permitir una segunda vuelta electoral, el diputado liberal Juan Carlos Elvir presentó un proyecto para interpretar el Artículo 236 de la Constitución de la República.

“El Artículo establece que los presidentes y designados se elijan por simple mayoría y abocando al clamor popular de cómo hacer eso en un escenario actual”, declaró.

Reconoció que la ruta para habilitar la segunda vuelta era realizar la reforma constitucional durante la tercera legislatura y que fuera ratificada en la siguiente, pero “no hubo voluntad del Partido Nacional”.

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En ese sentido, dijo que el objetivo es que si en la primera vuelta ninguno de los candidatos logra la mitad más uno de los votos válidos, habrá una segunda vuelta electoral en la que participarán el primer y segundo lugar más votados.

Además, dijo que como no es reforma y es una interpretación podría aprobarse en esta legislatura, pero se requiere la participación de todas las fuerzas políticas pues a su criterio es una salida jurídica para prevenir “un enredo que generará una crisis” después de las elecciones de noviembre.

“La segunda vuelta es un anhelo de la población… la propuesta en alguna medida podría legitimar a quien gane el próximo proceso”, estimó.

En cuanto a la opinión de juristas, quienes reiteran que solo la Sala de lo Constitucional tiene la potestad de interpretar la Constitución, Elvir dijo que hay un espacio, valores políticos y jurídicos para lograr un equilibrio entre criterios.

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Reacción

El exfiscal general de la República, Edmundo Orellana, aclaró que según la doctrina se interpreta lo que es ambigüo o confuso y que lo que está claro no lo necesita.

“El Artículo 236 que pretenden interpretar está muy claro no hay nada que dudar. Lo que proponen es una reforma constitucional. Eso en derecho se llama fraude a la ley”, señaló.

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Asimismo, lamentó que sea el Partido Liberal el de la propuesta y advirtió que 'quedarán históricamente como unos proyectistas que pretenden violar la Constitución de la República'

Artículo 236

El Presidente y tres (3) Designados a la Presidencia de la República serán elegidos conjunta y directamente por el pueblo, por simple mayoría de votos. La elección será declarada por el Tribunal Supremo Electoral, y en su defecto por el Congreso Nacional o por la Corte Suprema de Justicia en su caso.

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Interpretación de Elvir

Interpretar el Artículo 236 de la Constitución de la República, en el sentido que el presidente de la República y los tres designados a la presidencia de la República serán elegidos conjunta y directamente por el pueblo, por la mitad más uno de los votos válidos que emitieran los ciudadanos en el proceso electoral en la fórmula presidencial.

En caso de que ninguno de los candidatos logre mitad más uno de los votos válidos, habrá una segunda vuelta en la que participarán el primer y segundo lugar más votados.

En esa segunda vuelta el que resulte con mayoría simple de los votos será la fórmula presidencial electa.

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