Nasry Asfura no ha sido juzgado, pese a lo que dice Antonio Rivera

Falso

Todas las fuentes arrojan que la información no es cierta.

El caso del exalcalde de Tegucigalpa, Nasry Asfura, no constituye un doble juzgamiento, ya que el proceso anterior fue un antejuicio y no uno formal, en el que todavía no se ha demostrado su inocencia o culpabilidad

  • 23 de octubre de 2024 a las 21:16
Nasry Asfura no ha sido juzgado, pese a lo que dice Antonio Rivera
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Tegucigalpa, Honduras.- El diputado del Partido Nacional, Antonio Rivera Callejas, aseguró que el exalcalde del Distrito Central, Nasry Asfura, ya ha sido juzgado dos veces por las mismas acusaciones (malversación de fondos públicos, lavado de activos y fraude).

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“Ya ‘Papi’ había sido juzgado en dos oportunidades anteriores por los mismos hechos”, afirmó (sus palabras se pueden escuchar desde el inicio del siguiente video).

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Pero es falso. Pese a lo que dijo Antonio Rivera Callejas, a Nasry Asfura la justicia no lo sometió a juicio, sino a un “antejuicio”, que es un juzgamiento especial aplicado por un juez designado (en este caso) por la Corte de Apelaciones.

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Además, expertos dicen que en derecho, se habla de cosa juzgada, cuando se han agotado todas las etapas del proceso, es decir, que no falte ningún recurso.

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El antejuicio, amparado en el artículo 422 del Código Procesal Penal, determina si una persona que ostenta un cargo público (como un presidente, diputado, juez o funcionario) puede ser procesada penalmente por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones.

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Esta acción no corresponde en declarar la culpabilidad o inocencia del funcionario imputado, sino decidir si se cuenta con los medios probatorios para que se someta a un juicio formal, donde se empieza formalmente a analizar la responsabilidad penal.

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EL HERALDO Verifica preguntó a Antonio Rivera Callejas a qué se refería con su declaración, pero por el momento no obtuvo respuesta.

Sobre el concepto

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Para el abogado constitucionalista y diputado, Ramón Barrios, una “cosa juzgada” en materia jurídica solo se cumple con una sentencia definitiva y que ya no tenga opción a recursos, ya sea de inocencia o culpabilidad.

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“La cosa juzgada en Derecho significa un proceso penal al cual ya no le cabe ningún recurso, es decir, que llegó a juicio oral y público y hubo una sentencia, ya sea absolutoria o condenatoria”, puntualizó.

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“Cuando se han agotado los recursos de esa sentencia definitiva, entonces hablamos de cosa juzgada. En el caso del señor “Tito” Asfura, él nunca ha ido a juicio oral y público por esos 28.5 millones que tomó del erario”, añadió.

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En conversación con EL HERALDO Verifica, el abogado penalista Leonel Núñez explicó que el caso de Asfura se ha quedado en lo administrativo y que para que sea un doble juzgamiento debía ser requerida judicialmente.

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”Para la existencia de un doble juzgamiento significa que la persona fue requerida judicialmente, o sea, en los Juzgados de Letras en primera instancia. En el caso de Tito Asfura ningún caso de él fue judicializado, todo fue en sede administrativa ante el Tribunal Superior de Cuentas”, declaró.

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Y agregó: “Si bien es cierto se permitió un antejuicio, pero después se presentó una reforma a la ley o una interpretación referente a que no podía haber un antejuicio en virtud de que tenía que ser el Tribunal Superior de cuenta que enviará la causa; al no haber este tipo de acciones judiciales, entonces él nunca fue juzgado en el sentido de los hechos que se le imputan, por lo tanto, es la razón por la cual no existe doble juzgamiento”.

Caso reabierto

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El proceso penal formal contra Nasry “Tito” Asfura comenzó con la emisión del requerimiento fiscal el pasado 10 de octubre por malversación de fondos públicos, lavado de activos y fraude, por lo que su audiencia de declaración de imputado fue desarrollada el pasado lunes 21 de octubre, en la que se le dictó las medidas sustitutivas de prisión, es decir, que el exedil se defenderá en libertad.

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Su audiencia inicial se desarrollará el próximo 4 de noviembre, instancia en la que se determinará si a Asfura se le apertura a un juicio oral y público por la supuesta malversación de 28 millones de lempiras.

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El proceso quedó pausado desde 2021, cuando la Sala Constitucional ordenó una auditoría al Tribunal Superior de Cuentas (TSC), que sigue sin presentarse, para así determinar culpabilidad penal o no de Asfura en el ejercicio de sus funciones como alcalde (2014-2022).

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Además, no existen registros de un juicio oral y público por el mismo caso contra “Papi a la Orden”, debido a que el requerimiento fiscal fue emitido hasta el 10 de octubre de 2024.

Data del 2020

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Desde octubre de 2020, el exalcalde de Tegucigalpa (2014-2018 y 2018-2022) Nasry Asfura fue acusado e investigado por los delitos de abuso de autoridad, fraude, malversación de caudales públicos, falsificación de documentos y lavado de activos en perjuicio del Estado de Honduras. La inculpación fue realizada por la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (Uferco).

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Aparte de la acusación, la Uferco también solicitó antejuicio para el exalcalde, argumentando que “Tito” Asfura desvió fondos municipales a cuentas personales.

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Fue hasta el 13 de noviembre de 2020 que esta acción fue aprobada, dejando vía libre al Ministerio Público para que fuera investigado, aún siendo alcalde.

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El proceso se alargó y fue hasta en febrero de 2021 que la defensa legal del exalcalde capitalino apeló el antejuicio contra de Asfura, cuando las investigaciones seguían en curso.

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El recurso de apelación tenía el propósito de frenar la emisión de un requerimiento fiscal contra el alcalde y fue junio de ese año que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) aprobó el recurso de apelación presentado por la defensa, frenando así las investigaciones contra el exedil.

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La CSJ explicó que mientras no se agotara la instancia administrativa, no procedía ninguna demanda, ni proceso penal contra Asfura, por lo que se solicitó la auditoría al Tribunal Superior de Cuentas (TSC), pero aún no ha sido presentada, por lo que la acusación contra se mantuvo pausada durante al menos dos años.

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El mismo jefe de la Uferco, Luis Santos, explicó que el antejuicio aplicado a Asfura solo sirvió para recopilar los indicios de culpabilidad y no juzgarlo directamente.

Conclusión

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El diputado del Partido Nacional, Nasry Asfura, aseguró que “Ya ‘Papi’ ha sido juzgado en dos ocasiones por los mismos hechos”.

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En realidad, a Asfura anteriormente se le solicitó un antejuicio con el fin iniciar las investigaciones y determinar si procede o no una acusación formal, pero en ningún momento fue declarado con sentencia culpabilidad o inocencia.

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El antejuicio fue el mecanismo para realizar investigaciones para determinar si existen razones suficientes para que un imputado que ostenta un cargo público sea sometido a un juicio penal formal.

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El proceso formal en su contra inició el 10 de octubre, cuando el Ministerio Público presentó un requerimiento fiscal en su contra y el desarrollo de su audiencia de declaración de imputado el 21 de octubre, en la que continúa en curso y aún no se determina la culpabilidad o inocencia del exalcalde capitalino.

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Por lo tanto, calificamos como falsa la afirmación de Antonio Rivera Callejas.

Fuentes

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Declaración Antonio Rivera Callejas
Código Procesal Penal
Leonel Nuñez, abogado
Luis Santos, jefe de la Uferco
Ramón Barrios, diputado y abogado

Nuestras clasificaciones
VERDADERO

Cuando las pruebas son fehacientes y confirman la información.

FALSO

Todas las fuentes arrojan que la información no es cierta.

ENGAÑOSO

Contiene datos mezclados entre verdadero, falso, o sacado de contexto.

VERDAD A MEDIAS

La información es correcta pero omite elementos clave del contexto.

INEXACTO

La información que se aproxima a la exactitud.

SIN EVIDENCIA

No hay datos públicos ni alternativos para probar la información.

José Quezada
José Quezada

Periodista egresado de la UNAH. Se desempeña como redactor digital de El Heraldo desde 2022. Se especializa en la elaboración de noticias de última hora, Fact-checking, semblanzas, temas políticos y educativos.

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