Tegucigalpa, Honduras.- El precandidato presidencial del Partido Liberal, Salvador Nasralla, aseguró que la aspirante del partido Libertad y Refundación (Libre), Rixi Moncada, está inhabilitada para participar en las elecciones primarias de 2025, según la Constitución de la República y la Ley Electoral.
“Rixi Moncada, quien según la Ley Electoral y la Constitución, no está habilitada para participar en el proceso interno”, aseguró en su perfil de X el 16 de enero de 2025.
No obstante, es falso. Según el artículo 240 de la Constitución, realizada en 2019, la inhabilitación ocurre si un funcionario (que aspira a la presidencia), como es el caso de Moncada, renuncia después de los seis previos a las elecciones generales (30 de noviembre de 2025).
La aseveración de Nasralla surgió el 16 de enero, cuando el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep) convocó a los precandidatos para discutir los lineamientos generales del debate presidencial.
El equipo de verificación de EL HERALDO intentó comunicarse con Nasralla para saber a qué se refería con su aseveración, pero no obtuvo respuesta.
Constitución lo avala
La Constitución de Honduras establece que los secretarios y subsecretarios, designados presidenciales, magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), entre otros altos funcionarios, no podrán ser electos como presidentes durante los seis meses anteriores a la fecha de las elecciones generales.
“Los Designados a la Presidencia de la República; Secretarios y Subsecretarios de Estado, Consejeros del Consejo Nacional Electoral, Magistrados del Tribunal de Justicia Electora, Magistrados y Jueces del Poder Judicial, Presidentes, Vicepresidentes, Gerentes, Subgerentes, Directores, Subdirectores, Secretarios Ejecutivos de Instituciones Descentralizadas; Procurador y Subprocurador General de la República; Magistrados del Tribunal Superior de Cuentas; que hayan ejercido funciones durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de la elección del Presidente de la República”, indica literalmente el artículo 240 de la Constitución.
La reforma al artículo 240 se realizó mediante el decreto 200-2018 el 24 de enero de 2019, y fue publicado en el Diario Oficial 4 días después (el 28 de enero de 2019).
Previo a la reforma, el precepto permitía a los secretarios de Estado y otros altos funcionarios participar en la elección para presidentes y vicepresidentes solo si renunciaban de sus cargos un año anterior de los comicios generales.
Ahora, el tiempo para que los funcionarios estén habilitados para participar en las elecciones, por ley, es si renuncian seis meses antes de las elecciones generales.
La normativa
El artículo 183 de la Ley Electoral establece los requisitos y normativas que deben cumplir quienes deseen postularse a cargos de elección popular en elecciones primarias.
El precepto ordena a cumplir los requisitos que se encuentran presentes en la Constitución de la República, la Ley de Municipalidades y de Régimen Político, el Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y la Ley Electoral.
“Para ser candidatos a cargos de elección popular en elecciones primarias se debe observar lo dispuesto en la Constitución de la República y en la Ley de Municipalidades y de Régimen Político, en el Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y lo dispuesto en la presente Ley; tanto para lo relativo a condiciones de elegibilidad como a las inhabilidades reguladas por dichos cuerpos legales”, dice textualmente.
El abogado Germán Licona confirmó que no existe impedimento legal para que Moncada participe en los comicios primarios y su prohibición inicia a partir de las elecciones generales.
”Ya pasando las internas, si es la candidata, ahí sí va a tener que renunciar a ese cargo (secretaria de Defensa) porque la misma Constitución y la Ley Electoral le prohíbe participar seis meses antes de la elección general”, explicó abogado Germán Licona
“La Constitución únicamente dice que los secretarios de Estado tienen que renunciar seis meses antes del proceso electoral general, por lo tanto, la señora Moncada está habilitada. El tema de ella es más bien de tipo moral y ético”, consideró por su parte, el abogado constitucionalista Juan Carlos Barrientos.
Conclusión
El precandidato del Partido Liberal, Salvador Nasralla, aseguró que “Rixi Moncada, quien según la Ley Electoral y la Constitución, no está habilitada para participar en el proceso interno”.
Sin embargo, la Constitución de la República no inhabilita a Rixi Moncada como precandidata presidencial. La prohibición sí abarca si ella seis meses antes de las elecciones generales (noviembre de 2025) renuncia a su cargo como secretaria de Defensa.
Por lo tanto, calificamos como falsa la aseveración de Salvador Nasralla.