La Constitución no prohíbe a Rixi Moncada ser candidata y funcionaria, pese a lo que dice Rashid Mejía

La Constitución permite a Rixi Moncada ser candidata a la presidencia y funcionaria del Estado. La prohibición inicia en los seis meses previos a las elecciones generales
Falso
04.09.2024

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El político y fundador de la organización Una Sola Voz por Honduras, Rashid Mejía, aseguró que es inconstitucional que Rixi Moncada se desempeñe como funcionaria a través de la titularidad de la Secretaría de Defensa y también sea precandidata presidencial.

“Rixi Moncada no puede ser candidata y secretaria de Defensa, es inconstitucional”, afirmó el 1 de septiembre a través de su perfil de X/Twitter.

Sin embargo, es falso. Según la reforma al artículo 240 de la Constitución, hecha en 2019, la inhabilitación para que un funcionario aspire a la presidencia inicia en los seis meses previos a las elecciones generales, que para el siguiente proceso están fijadas para noviembre de 2025.

Es decir que actualmente Moncada se encuentra habilitada por ley y, para oficializar su candidatura, debe ganar las elecciones primarias (marzo de 2025) y renunciar a su nuevo cargo a más tardar en mayo de 2025.

El equipo de verificación de EL HERALDO intentó comunicarse con Rashid Mejía para saber a qué se refería con su aseveración, pero no obtuvo respuesta.

Constitución lo avala

La Constitución de Honduras establece que los secretarios y subsecretarios, designados presidenciales, magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), entre otros altos funcionarios, no podrán ser electos como presidentes durante los seis meses anteriores a la fecha de las elecciones generales, donde se elige al mandatario de Honduras.

“Los Designados a la Presidencia de la República; Secretarios y Subsecretarios de Estado, Consejeros del Consejo Nacional Electoral, Magistrados del Tribunal de Justicia Electora, Magistrados y Jueces del Poder Judicial, Presidentes, Vicepresidentes, Gerentes, Subgerentes, Directores, Subdirectores, Secretarios Ejecutivos de Instituciones Descentralizadas; Procurador y Subprocurador General de la República; Magistrados del Tribunal Superior de Cuentas; que hayan ejercido funciones durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de la elección del Presidente de la República”, indica literalmente el artículo 240 de la Constitución.

El abogado constitucionalista Juan Carlos Barrientos en conversación con el equipo de verificación de EL HERALDO aseguró que Rixi Moncada se encuentra habilitada para participar en las elecciones y que los señalamientos en su contra se rigen en un tema moral.

“La Constitución únicamente dice que los secretarios de Estado tienen que renunciar seis meses antes del proceso electoral general, por lo tanto, la señora Moncada está habilitada. El tema de ella es más bien de tipo moral y ético”, explicó.

Para el abogado Rafael Jerez, se trata más de un tema que se relaciona a lo “político”, basándose en el artículo 17 del Código de Conducta Ética del Servidor Público.

“Por la naturaleza de las FFAA, (Fuerzas Armadas) constitucionalmente el Estado Mayor Conjunto depende de la Secretaría de Defensa Nacional. Las FFAA son apolíticas, por mandato constitucional”, explicó.

Eso lo expresó basándose en el artículo 283 de la Constitución de la República, que menciona que “el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas es el Órgano Superior Técnico de Asesoramiento, Planificación, Coordinación y Supervisión, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional y tendrá las funciones consignadas en la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas”.

Con el caso de Moncada, siendo titular de la Secretaría de Defensa y al mismo tiempo ejercer una precandidatura presidencial, se corre el riesgo de que se materialice el “conflicto de intereses”, de acuerdo a los juristas consultados.

Artículo reformado

La reforma al artículo 240 se realizó mediante el decreto 200-2018 del 24 de enero de 2019, y fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 28 de enero de 2019.

Previo a la reforma, el precepto inhabilitaba a los secretarios de Estado y otros altos funcionarios de ser elegidos como presidentes y vicepresidentes durante el año anterior a la elección del presidente.

En la actualidad se mantiene en vigencia la disminución de tiempo para funcionarios de seis meses antes de las elecciones generales.

Para el exmagistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Augusto Aguilar, el nombramiento como secretaria de Defensa no impide que participe en las elecciones primarias y generales siempre y cuando no ostente su cargo seis meses antes de los comicios de noviembre de 2025.

Conclusión

El político y fundador de una Sola Voz por Honduras, Rashid Mejía afirmó que “Rixi Moncada no puede ser candidata y secretaria de Defensa, es inconstitucional”.

Sin embargo, es falso. La Constitución de la República no inhabilita a Rixi Moncada como precandidata presidencial y secretaria de Defensa. La prohibición abarca desde seis meses antes de las elecciones generales (noviembre de 2025), donde sale electo el nuevo presidente de Honduras, tal como indica la máxima normativa.

Además, los juristas consultados por el equipo de verificación de EL HERALDO aseguran que, aunque la reforma es cuestionable, sigue vigente y en caso de ser electa como candidata del partido Libertad y Refundación (Libre) debe renunciar de su cargo de la titularidad de Defensa a más tardar en mayo de 2025, por los seis meses que establece la Constitución.

Por lo tanto, el equipo de verificación de EL HERALDO califica como falsa la afirmación de Rashid Mejia.

Fuentes

Publicación en X de Rashid Mejía
Constitución de la República (artículo 240)
Ley Electoral
Juan Carlos Barrientos, abogado constitucionalista
Agusto Aguilar, exmagistrado del TSE

Nuestras calificaciones

Verdadero

Las pruebas apuntan, con contundencia y rigurosidad, a que lo afirmado es cierto.

Falso

Las evidencias no dejan margen a que lo afirmado es falso.

Ni sí, ni no

La expresión contiene algunos elementos verdaderos, pero en un contexto engañoso.

No verificado

No hay información pública o disponible que confirme o desmienta la expresión declarada.

¡Plop!

Además de ser falsa, la declaración cae en exageración.

José Quezada

José Quezada

jose.quezada@elheraldo.hn


Periodista egresado de la UNAH. Se desempeña como redactor digital de El Heraldo desde 2022. Se especializa en la elaboración de noticias de última hora, Fact-checking, semblanzas, temas políticos y educativos.

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