El Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager) y el gobierno de la República han determinado ampliar las medidas de limitación de la circulación y reducción del número de personas que se movilizan en la búsqueda de suplir necesidades básicas o realizar transacciones importantes.
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Medidas vigentes hasta este lunes 6 de abril:
1. Toque de queda en Cortés y El Progreso
Ante el alto número de contagios identificados en el departamento de Cortés y en el municipio de El Progreso, departamento de Yoro, se decretó toque de queda absoluto partir de este lunes 6 de abril desde las 12:00 del mediodía.
La medida se extenderá como mínimo hasta el próximo 12 de abril a las 3:00 pm, y los habitantes de estos sectores no podrán gozar del permiso para circular tres días de la semana, otorgado al resto de hondureños.
2. Entrega a domicilio para farmacias
En los sectores antes mencionados se prohíbe la apertura de negocios de cualquier índole, únicamente está permitida la venta a domicilio de medicinas y otros productos de primera necesidad bajo la venta de las farmacias.
Medidas para el resto del país:
3. Ampliar el horario de atención en gasolineras, farmacias, supermercados y bancosAnteriormente se había determinado que los supermercados, farmacias, bancos y gasolineras podrían atender a las personas los lunes, miércoles y viernes de acuerdo a su último dígito de la tarjeta de identidad, en un horario de 9:00 am a 3:00 pm, pero se ha determinado que a partir de este lunes, la atención se prolongará durante dos horas más, es decir, hasta las 5:00 de la tarde.
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4. Se retoma la entrega a domicilio
Las autoridades tomaron la decisión de habilitar nuevamente la entrega a domicilio de productos alimenticios y farmaceúticos, mismos que serán entregados por personal que utilice las medidas de bioseguridad correspondientes.
Las entregas están autorizadas para todos los días de la semana, aún en aquellos en los que los ciudadanos no puedan circular.
5. La circulación es limitida
Los días, martes, jueves, sábado y domingo, solo se permite la circulación de personas autorizadas, es decir, autoridades del Estado, personal de Sinager, empleados de medios de comunicación, personal de salud y empleados de otras instituciones que tengan salvoconducto.