La referida acción consiste en verificar las actas y votos de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) para comprobar un resultado que haya incidido de forma determinante en la diferencia electoral para la adjudicación de alguna candidatura o cargo electivo, la cual se solicita en el recurso de apelación que haya sido interpuesto ante la máxima autoridad en justicia electoral del país.
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Las razones, fundamentos jurídicos, así como la petición concreta, se especifica en el escrito sobre los recuentos jurisdiccionales que pueden ser parciales o totales. Del expediente de la apelación promovida por el exaspirante del Partido Liberal de la corporación municipal de Soledad, El Paraíso, Wilmer Ávila Maradiaga, se deriva este escrutinio que llevará a cabo el TJE en el Centro Logístico Electoral (CLE).
Si bien la acción se había programado para el 30 de diciembre de 2021 fue pospuesta a causa de labores de revisión que no había concluido el personal temporal del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Recursos
Hasta ayer sumaban 85 los recursos de apelación presentados a este Tribunal que en su mayoría son del nivel de alcaldías y remitidos por el Partido Nacional. En días y horas inhábiles pueden llevarse los escritos pertinentes, teniendo 30 días para su resolución.Las autoridades del TJE buscan darle trámite a todas estas acciones antes de que asuman sus cargos los diputados y ediles que resultaron electos el 28 de noviembre de 2021.
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