La criminalidad engulle como bestia insaciable la inocencia de la infancia de miles de menores.
Los convierte de niños a delincuentes consumados, a autores de diversos actos ilícitos, desde robos hasta asesinatos.
Entre el 1 de enero de 2009 y el 25 de octubre de 2013 se registran acciones judiciales contra 6,835 menores de 12 a 18 años en los Juzgados de Letras de la Niñez y Adolescencia, según estadísticas del Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial (CEDIJ)
de la Corte Suprema de Justicia.
Hay quienes caen en manos de redes criminales que usan a los infantes como sus sicarios o les ordenan robar porque saben que la ley los protege en términos de penas blandas, que están más orientadas a la rehabilitación que a la sanción.
A los menores no se les pueden tipificar sus acciones contra la sociedad como delitos o crímenes, sino como infracciones, de acuerdo al Código de la Niñez y Adolescencia, una legislación que impone como máximo una pena de 8 años al menor que haya incurrido en una falta por espeluznante que sea.
En 2009 se contabilizaron 1,205 juicios contra niños y jóvenes y para 2010 la cifra subió a 1,276, mientras que en 2011 el reporte es de 1,506.
Pero en 2012 los casos ascendieron a 1,520 y para lo que va de 2013 los procesos son 1,328.
El reporte del CEDIJ contabiliza los tipos de delitos cometidos en este quinquenio por esta población y divide cuántos fueron ejecutados por niñas y niños, a excepción de 2009.
De las 1,276 infracciones cometidas en 2010, un 29 por ciento (372 casos) fueron de robo, de los que 331 los cometieron niños y 42 por niñas.
En segundo lugar se encuentran las violaciones con 112 casos (9 por ciento); en tercer lugar la portación de armas
con 84 infracciones (7 por ciento) y en cuarto lugar el hurto con 6 por ciento.
El resto de incidencias es calificado como otras infracciones, que representan el 44 por ciento, pero no se indica si en esa variable se encuentra el homicidio.
En el análisis de los procesos judiciales de 2011, que en total fueron 1,276 acciones, en 759 se indica el tipo de proceso judicial y en el resto de 517 casos solo se dice que son delitos varios.
Se destaca que el robo y portación de armas abarcan un 74 por ciento de las infracciones conocidas en las judicaturas competentes.
Las otras faltas acontecidas en 2010 fueron lesiones (87 casos); violencia intrafamiliar (85 casos) e infracciones relacionadas con drogas (75 casos).
Francisco Morazán (260 casos) y Cortés (135 casos) son las regiones en donde mayor ocurrencia de infracciones hubo en 2010, mientras que en el otro extremo, zonas con poca incidencia, se ubicaron Ocotepeque (1 caso) y Santa Bárbara (7 casos) .
Tampoco en este cuadro de 2010 se resaltan casos de homicidios o asesinatos cometidos por los menores infractores.
Homicidios
Pero en el informe sobre infracciones de 2012 las estadísticas se comienzan a teñir de rojo. Entre las 1,520 faltas ocurridas, un total de 96 casos (6 por ciento) corresponde a homicidios cometidos por los menores.
Mientras, el robo vuelve a acaparar la mayoría de las cifras al reportarse 608 casos, que representan un 40 por ciento, mientras que la portación ilegal de armas se ubica en un segundo puesto con 350 casos, que significan un 23 por ciento.
Otro punto de suma preocupación es que a 228 menores (15 por ciento) se les practicaron juicios por tráfico de drogas.
El 61 por ciento de los casos ocurridos en 2012 los cometieron niños y el 39 por ciento niñas.
De enero a octubre de 2013 las infracciones suman 1,328 casos, de los que 46 son homicidios y 28 son asesinatos, lo que implica que cada 5 días hubo un menor que segó la vida de otra persona en este año.
En el reporte del CEDIJ de 2013 aparece por primera vez casos de extorsión en los que están involucrados menores. Según esta dependencia, 34 infantes han sido sometidos a proceso por cobrar el “impuesto del guerra”.
En la cima de ocurrencia de estas infracciones nuevamente se ubican el robo (332 casos) y la portación ilegal de armas (232 casos).
Otras casos judicializados de mayor incidencia fueron violación (98 procesos); tráfico de drogas (79); violencia intrafamiliar (60) y hurto (41).
El CEDIJ indica que 1,192 acciones judiciales fueron incoadas a la población infantil infractora y 136 a niñas que cometieron faltas.
Cuando se dicta una medida de internamiento, los menores infractores son remitidos a cualquiera de los cuatro centros especiales: Renaciendo, en Támara; El Carmen, en San Pedro Sula; Jalteba y Sagrado Corazón. Esta última es solo para población femenina.
Estos sitios tienen capacidad para albergar a unos 400 menores al mismo tiempo.
El centro Renaciendo
se sometió a una remodelación luego del incendio que se generó el año pasado tras el enfrentamiento entre miembros de la mara 18 y la 13, y se prevé que este año esté concluido.
La población interna es fluctuante, ya que existen menores que como medida cautelar, mientras dura su juicio, son internados de 15 a 60 días y en otros casos pueden permanecer hasta 8 años, cuando se trata de una pena mayor por una infracción como el asesinato, dijo Suyapa Turcios, coordinadora nacional jurídica en materia de vulneración de derechos del Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia (Ihnfa).
“El internamiento depende de si el fiscal solicita una medida cautelar para garantizar la presencia del niño durante se desarrolla el juicio o hay condena”, indicó.
Según el Código de la Niñez y Adolescencia, los niños menores de 12 años son inimputables, es decir, que no delinquen, y en caso de que cometan alguna infracción solo se les dará asistencia social.
Pero los menores infractores cuyas edades sean de 12 a 18 años se exponen a medidas como orientación y apoyo sociofamiliar, amonestación, imposición de reglas de conducta, prestación de servicios a la comunidad, obligación de reparar el daño, residencia obligatoria en un lugar determinado, libertad asistida, régimen de semilibertad e internamiento.
“Las medidas a aplicar al niño deberán ser proporcionales a la infracción y tendrán en cuenta las circunstancias agravantes, atenuantes o eximentes que concurran, así como las necesidades del niño y de la sociedad”, según el artículo 189 de ese Código.
El internamiento se aplicará por el menor tiempo posible y no podrá exceder del que sea estrictamente necesario para la rehabilitación del niño.
La acumulación no podrá exceder de ocho, cita el artículo 198 de esa legislación.
Esta pena de 8 años será para quienes hayan cometido infracciones como daño a la vida de una persona.
El 6 de septiembre pasado entró en vigencia una reforma al Código de la Niñez y Adolescencia mediante la cual ahora habrá un juez para cada una de las audiencias del proceso y así se elimina el mecanismo de que un togado sea el responsable de todo el juicio.
En los juicios de menores existe la audiencia preliminar, audiencia inicial y juicio oral, como acontece en el proceso judicial de los adultos.