Honduras

De cinco años será validez de licencia para portar armas en Honduras

El dictamen de un proyecto de decreto modifica cuatro artículos de la más conocida como Ley de Armas

04.03.2021

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Por un año se busca ampliar la vigencia de la licencia de portación de armas de fuego en el país, ley promovida por el diputado suplente del Partido Nacional César Pinto, por lo que la validez de este permiso pasaría de cuatro a cinco años.

Así lo plantea una reforma al artículo 79 de la Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados que contiene el borrador del dictamen de un proyecto de decreto al que tuvo acceso EL HERALDO. El cambio a esta disposición, que es parte del decreto legislativo 101-2018, subraya que “la licencia de portación tiene una vigencia de cinco años prorrogable cada cinco años, siempre y cuando se cumplan con los requisitos indicados en la presente ley”.

La iniciativa presentada por Cesar Pinto, promueve la modificación a otros tres artículos de la normativa que está en vigor desde el 8 de mayo de 2019.

En el artículo 22 referente a materiales de uso permitido para personas particulares autorizadas se adiciona un tercer numeral y se autoriza la tenencia al igual que el uso del fusil tipo SKS con carácter excepcional únicamente para las personas jurídicas, es decir, empresas.

Este tipo de arma es una carabina semiautomática de calibre 7.62 milímetros que en la actualidad es muy popular en varios países.

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Trámites de registro

“A partir de la vigencia del presente decreto se establece un período de un año para que toda persona que tenga en su poder cualquier tipo de arma de fuego comercial y que no posea factura de venta de La Armería, proceda con la documentación respectiva a excepción de dicha factura, a realizar los trámites correspondientes de registro ante la Secretaría de Estado en el despacho de Seguridad”, estipula el artículo dos del dictamen.

Añade que “durante este mismo plazo de un año las personas que tengan en su poder armas consideradas de uso ilegal pueden hacer entrega de las mismas a la Secretaría de Seguridad sin ningún tipo de responsabilidad producto de su tenencia, procediéndose a la inmediata destrucción de las mismas por parte de dicha institución, previo a los peritajes establecidos para descartar su participación en hechos delictivos”.

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