Honduras

Admiten antejuicio contra alcalde y corporación municipal de Masaguara, Intibucá

Los imputados son señalados como responsables de violación a los deberes de los funcionarios
20.03.2022

COMAYAGUA, HONDURAS.- La Corte de Apelaciones de lo Penal con Competencia Nacional en Materia de Corrupción admitió en las últimas horas un antejuicio en contra del alcalde de Masaguara, Intibucá, y en contra de la Corporación Municipal (2014-2018).

La petición de antejuicio fue presentada por la Fiscalía Especial para la Transparencia y Combate a la Corrupción Pública (FETCCOP), por suponer a los señalados como responsables de violación a los deberes de los funcionarios, al aprobar al margen de la Ley la explotación de material selecto en el sector de Zarateca.

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Ante la determinación de la Corte de Apelaciones, el Ministerio Público presentará requerimiento fiscal contra los involucrados para deducir la responsabilidad penal.

Expendiente del caso

De acuerdo con investigaciones dirigidas por fiscales anticorrupción, en junio de 2016, el alcalde de Masaguara, Manuel Amaya Montoya, autorizó a una empresa para la explotación de un supuesto banco de material selecto, en un predio ubicado calle hacia la comunidad de Guatateca, esto sin seguir los lineamentos y sin los permisos necesarios del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN).

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El otro caso relacionado es de fecha 16 de enero de 2017, cuando la Corporación Municipal de Masaguara (2014-2018) conformada por el alcalde Amaya Montoya y los regidores José Luis Figueroa Montoya, José Oduber Ruiz Girón, Santos Cabrera, Eugenia Amparo Martínez, Paola Janeth Posadas Suazo, Israel Montoya y Emin Navid Rodríguez, en sesión ordinaria, aprobaron dejar el predio ubicado en Zarateca como balastrera municipal, obviando nuevamente los procedimientos establecidos por INHGEOMIN.

Por esas conductas, la Fiscalía para la Transparencia y Combate a la Corrupción Pública considera que existen suficientes elementos para presentar el requerimiento fiscal, ya que las acciones del edil y la corporación en pleno son constitutivas del delito de violación a los deberes de los funcionarios.

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