TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inadmisible dos recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra la Ley de Inteligencia.
Los recursos fueron rechazados por “no acreditar el interés directo, personal y legítimo”, indica la cédula de notificación emitida por los jueces constitucionales.
El primer escrito fue presentado por los abogados Joaquín Mejía, Ana Pineda, Ramón Enrique Barrios y Fernando García Rodríguez.
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Mientras que el segundo lo presentó el abogado Edy Tábora, en su condición de director de la asociación Comité por la Libre Expresión (C-Libre).
De acuerdo con los recurrentes, la Ley de Inteligencia viola el derecho fundamental de acceso a la información pública establecida en el artículo 72 de la Constitución de la República y el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos.
Mientras que los artículos 18 y 19 de esa normativa indican que tanto las actividades, informaciones y documentos de inteligencia tienen carácter de reservados y que quedan exentas de escrutinio de cualquier persona natural u organización. Los dos artículos disponen que la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia solamente debe rendir cuentas ante el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad.
La normativa fue aprobada el 18 de enero de 2013, sancionada por el Poder Ejecutivo el 9 de abril de 2013 y publicado en el diario oficial La Gaceta el 16 de abril de 2013.
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