Honduras

Cometen delito si mañana se busca impedir la sesión del Congreso Nacional

Algunos temen que el anuncio de movilizar activistas busque impedir la elección de la directiva del Congreso Nacional, pero la Constitución ya previene esta situación
22.01.2022

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Ante la incertidumbre creada sobre la elección de la junta directiva en propiedad del Congreso Nacional surgen muchas preguntas de cara a su integración, pero en realidad las respuestas están en la misma Constitución de la República.

¿Qué pasa si se busca evitar la elección de la Junta Directiva en propiedad del Congreso Nacional? ¿Puede suceder eso? ¿Qué mecanismos establece la Constitución para evitar situaciones extremas?

LEA: Emisario de la Casa Blanca habló con Jorge Cálix, según diputado Ramón Soto

Estas preguntas surgen luego que la asamblea de coordinadores de Libre acordó la noche del viernes no sólo expulsar a 18 diputados considerados traidores, sino que además convocó a sus bases para este sábado y domingo a los bajos del Congreso Nacional.

Algunos interpretan que esa medida busca impedir que los 128 diputados se reúnan en la cámara legislativa y evitar la elección de la Junta Directiva en propiedad.

Por el momento y a juzgar por lo que pasó el 21 de enero, Jorge Cálix, se perfila como el nuevo presidente del Congreso Nacional, pues el que propugna el coordinador de Libre, Manuel Zelaya, el nasralista, Luis Redondo sólo cuenta con 32 de Libre y 10 de su partido.

LEA: Jorge Zelaya: Lo que queremos es que se ponga de acuerdo Libre y Salvador Nasralla

Para elegir la junta directiva en propiedad se requiere de un mínimo de 65 votos, los que si tiene Jorge Cálix con el apoyo del Partido Liberal, Partido Nacional, Democracia Cristiana y Partido Anticorrupción, que suman más de 82 diputados.

Pero ¿qué pasaría si la facción oficialista de Libre busca impedir la realización de la cita de mañana? ¿Es viable?

El artículo 192 de la Constitución de la República establece que “para la instalación del Congreso Nacional y la celebracion de sus sesiones será suficiente la mitad más uno de sus miembros.

ADEMÁS: Xiomara Castro expulsa a diputados de Libre que irrespetaron acuerdo

Sin embargo, es el artículo 193 el que advierte sobre cualquier intención de evitar que se realicen las sesiones del Congreso Nacional.

Veamos lo que dice el artículo 193:

Ni el mismo Congreso, ni otra autoridad del Estado o particulares, podrá impedir la instalacion del Congreso, la celebracion de las sesiones o decretar su disolucion. La contravención de este precepto constituye delito contra los Poderes del Estado.

De tal manera que si se busca impedir la celebración de la sesión de mañana, la misma Constitución advierte que se cometería un delito.

ADEMÁS: Rostros de los diputados que integran la junta provisional del Congreso Nacional

La legislación constitucional estable con claridad cuál es el objetivo de la sesión del 23 de enero, pero antes hay que ver lo que dice sobre el 21 de enero.

El artículo 194 indica que “el veintiuno de enero se reunirán los Diputados en juntas preparatorias, y con la concurrencia de cinco por lo menos, se organizará la Directiva Provisional.

Y más adelante en el artículo 195 precisa: El veintitrés de enero se reunirán los diputados en su última sesión preparatoria para elegir la Directiva en propiedad.

LEA: Las frases de Beatriz Valle a 'Mel' Zelaya tras elección de junta directiva en el Congreso

El Presidente del Congreso Nacional ejercerá sus funciones por un período de (4) cuatro años y será el Presidente de la Comisión Permanente. El resto de la Directiva durará (2) dos años en sus funciones.

Sin embargo, es el artículo constitucional 197 el que pone las reglas del juego de la obligatoriedad de los diputados en términos de su asistencia a la cámara legislativa.

ARTÍCULO 197.- Los diputados están obligados a reunirse en Asamblea en las fechas señaladas por esta Constitución y asistir a todas las sesiones que celebre el Congreso Nacional, salvo incapacidad debidamente comprobada.

VEA: Diputado Cristian Hernández también anuncia que quitará su apoyo a Jorge Cálix

Los diputados que con su inasistencia o abandono injustificados de las sesiones, dieren motivo a que no se forme el quorum o se desintegre este serán expulsados del Congreso y perderán por un período de diez años el derecho de optar a cargos públicos.

En todo caso, la Constitución establece las reglas del juego y toca ahora a la clase política actuar con responsabilidad patriótica.