La resolución de la Sala Penal señala que se tomó la determinación de revocar lo resuelto por la Corte de Apelaciones de lo Penal con competencia nacional en materia de corrupción, como tribunal de primera instancia, en la sentencia del 16 de febrero de 2021, cuando se dio luz verde al antejuicio promovido por el Ministerio Público (MP) contra ambos funcionarios.
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Al alcalde del Distrito Central y a la regidora número cuatro se les señala por lavado de activos, malversación de caudales públicos, fraude, uso de documentos falsos y violación a los deberes de los funcionarios en perjuicio de la economía, la ley y la administración del Estado de Honduras.
El Ministerio Público había solicitado autorización para presentar acciones penales, pero la resolución de este día frena el requerimiento fiscal contra Asfura y la regidora.
En el cuarto punto del documento de la Sala de Apelaciones se decreta la concurrencia del principio de perjudicialidad, al ser el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) quien debe emitir la resolución definitiva de la auditoría e investigación especial.
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