Honduras

Diputado Galdámez a juicio por homicidio

24.07.2014

Tegucigalpa, Honduras

El brazo de la justicia no suelta al diputado de Libertad y Refundación (Libre), José Luis Galdámez.

El juez natural, German Vicente García, encontró el indicio racional suficiente de la comisión de delitos de homicidio y tentativa de homicidio, y la participación de Galdámez en los mismos.

El Ministerio Público (MP) acusa a Galdámez por suponerlo responsable de homicidio simple y homicidio en su grado de ejecución de tentativa, en perjuicio de los ciudadanos Marvin Alexander Sánchez y Eduardo Flores, respectivamente.

Por consiguiente, al encontrar pruebas suficientes, el juez le decretó al diputado el auto de formal procesamiento, con la medida cautelar de prisión preventiva.

La resolución se le decretó a Galdámez, quien enfrentó el proceso judicial huérfano de apoyo de la dirigencia de Libre.

Evidencias

En la maratónica audiencia inicial, los fiscales del Ministerio Público y la acusadora privada, Irma Yamileth López, lograron acreditar las evidencias suficientes de la participación del imputado en los dos delitos.

La audiencia se prolongó por la cantidad de medios probatorios propuestos por las partes.

Para el caso, se evacuó la declaración de cuatro testigos propuestos por el MP, de estos, dos eran taxistas y dos policías preventivos.

Asimismo, fue citado el taxista Eduardo Flores, quien afirmó que Galdámez realizó el primer disparo en su contra, pero sin puntería.

Asimismo, el MP aportó evidencias de tipo documental como el dictamen de autopsia, acta de decomiso del arma 9 milímetros y de levantamiento de otras evidencias, como el casquillo.

Desde la noche del miércoles, tras concluir la evacuación de pruebas, López dijo estar segura que el juez dictaría el auto de formal proceso por la presentación de pruebas de cargo.

“Ha quedado acreditado que el disparo fue de corta distancia y de forma directa”, afirmó.

La versión de testigos oculares fue fundamental para adoptar el fallo.

“Aunado a todas las pruebas, tanto la prueba de la Fiscalía, la de cargo, como la prueba de descargo, se concluye que efectivamente el hoy imputado disparó el arma que le dio muerte al hoy occiso, el disparo fue de corta distancia”, remarcó la acusadora.

“Se ha demostrado y se ha acreditado en esta audiencia inicial todos los elementos que conllevan al juez a dictar un auto de prisión, con prisión preventiva”, reiteró.

Aseguro lo anterior por lo declarado por testigos oculares que aseguraron ante el juez haber visto al imputado disparar contra la humanidad del occiso.

“Los mismos taxistas aseguraron esto y los mismos testigos que trajo la defensa, en conclusión, todos los testigos que declararon bajo juramento ante el juez, tanto de cargo, como de descargo, dijeron que el señor imputado disparó el arma dos veces y uno de esos disparos fue el que penetró en el tórax (de Marvin Espinal)”, refirió. Es decir, que los testigos concluyeron que la única persona que disparó en la escena del crimen fue Galdámez.

Además, detalló que el casquillo encontrado en la escena corresponde al arma incautada a Galdámez, que está a su nombre y que el disparo fue de corta distancia.

Más pruebas

En su requerimiento, los fiscales solicitaron al juez convalidar o autorizar pruebas ya practicadas, entre ellas tomas de muestras de sangre, de orina e hisopado nasal extraídas al imputado para confirmar si estaba bajo los efectos de algún estupefaciente o bajo niveles de alcohol. El resultado de las pruebas fue negativo, se demostró que Galdámez no consumió drogas ni alcohol cuando ocurrió el hecho.

Asimismo, no se obtuvo resultado de la prueba de absorción atómica, para confirmar la presencia de partículas de pólvora en manos del diputado, por disparo de arma. El juez rechazó evacuar la prueba propuesta por los acusadores de la hoja de antecedentes policiales, la que se pretendía presentar para acreditar la conducta del imputado.

Por su parte, la defensa propuso la declaración del diputado de Libre, Edgardo Castro, quien acompañaba a Galdámez cuando ocurrió el incidente, y la versión testifical de un policía. Asimismo, llevó al forense Dennis Castro como consultor técnico, para que expusiera sus conclusiones del dictamen de autopsia.

Conclusiones y fallo

La audiencia continuó el jueves con la exposición de las conclusiones. La parte acusadora expuso cómo, a su juicio, ocurrieron los hechos el pasado 16 de julio, a inmediaciones de la antigua Penitenciaría Central de la capital.

Enseguida los acusadores oficializaron su solicitud al juez de dictarle a Galdámez el auto de formal procesamiento, con la medida cautelar de prisión preventiva.

Por su parte, la defensa, representada por tres abogados bajo la coordinación de Marco Zelaya, alegó que Galdámez disparó en su defensa, al temer sufrir algún daño de parte del grupo de taxistas. Por consiguiente, invocaron la figura judicial de miedo insuperable, que faculta dictar un sobreseimiento cuando se concurre en dicha circunstancia.

Zelaya afirmó haber presentado sus pruebas para acreditar la verdad de los hechos.

Tras escuchar las conclusiones de las partes, el juez García suspendió la audiencia para emitir su fallo, tras deliberar por un espacio de una hora.

Las evidencias eran irrefutables y sin dudar resolvió dictarle a Galdámez el auto de formal proceso o declaratoria de reo, tal como se consigna en el artículo 294 del Código Procesal Penal. La medida cautelar de prisión preventiva dispuso el juez se cumpla en el Primer Batallón de Infantería.

La resolución del juez podrá ser apelada, para lo cual está nombrada una Corte Especial de Apelaciones. Con la prisión preventiva, Galdámez estaría privado de su libertad en los siguientes meses, a la espera de la celebración de la audiencia preliminar y el juicio oral y público.

El homicidio simple es sancionado con una pena de 15 a 20 años de reclusión, la tentativa de homicidio es la misma, pero rebajado en un tercio, es decir de 10 a 13 años 6 meses.

En base a una reforma al artículo 184 del Código Procesal Penal, que define un catálogo de delitos que prohíbe aplicar medidas sustitutivas, el MP solicitó al juez dictar al diputado la medida cautelar de prisión, mientras se desarrolla el proceso judicial.