TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El primer fiscal de la era democrática de Honduras, Edmundo Orellana, protagonizó un debate en redes sociales con el fiscal adjunto saliente, Daniel Sibrián, al insinuar que este debería proceder contra su exjefe, Óscar Chinchilla, por abandonar su cargo.
Las diferencias ocurrieron porque Orellana hizo uso de su cuenta en X para plantear la encrucijada que, según él, tendrá el nuevo fiscal general de la República, ya que “forzosamente” deberá proceder legalmente contra uno de los dos fiscales salientes, dependiendo de la interpretación legal que quiera hacer.
“¡Qué lío jurídico se armó!”, comenzó el texto del exfiscal Orellana. “El nuevo fiscal general tendrá que proceder contra uno de los que se va, forzosamente. Si comparte la tesis de que ya caducó la investidura de Chinchilla, debe aceptar que también caducó la del adjunto, por lo que tendrá que acusar a este (Daniel Sibrián) por seguir ejerciendo el cargo ilegalmente”, planteó el también diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen)
Pero dijo que el otro escenario es que si el nuevo fiscal opina lo contrario “tendrá que imputar penalmente a Chinchilla, por abandonar el cargo” y advirtió que de no hacer ni una ni la otra acción, el nuevo fiscal “incurre en responsabilidad penal por omisión.
De manera irónica, Orellana finalizó su análisis con las palabras: “¡Bienvenido, fiscal general!”.
Respuesta de Sibrián
Al sentirse aludido, Daniel Sibrián decidió responder a la publicación de Orellana: “Amplíe su análisis, don Edmundo... ¿Qué pasa con los magistrados que también ejercieron su cargo (ya concluido su periodo y con base al artículo 80 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional), en el interín de elección de la nueva CSJ? ¿También deberán ser acusados?”, le cuestionó.
Daniel Sibrián hizo alusión al proceso de elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), el cual debía llevarse a cabo el 25 de enero de 2023 debido a la falta de consensos, al igual que en la actual elección de fiscales, el proceso se prolongó hasta el 16 de febrero, cuando finalmente se nombró a Rebeca Ráquel Obando como presidenta del Poder Judicial. El retraso en su elección ocasionó que los magistrados salientes estuvieran más días en sus cargos.
Tan solo minutos después, Orellana respondió y le dejó planteada una interrogante en calidad de reto.
“Estimado abogado: Si usted sostiene que no puede abandonar el cargo porque incurre en responsabilidad, ¿cuál es, entonces, su deber ineludible como titular del MP?”, increpó.
Una vez más, Sibrián cuestionó la postura de Orellana y le dijo “mi renuncia condicionada (pide aclarar si aplica artículo 80 de la Ley Orgánica del CN), está ya interpuesta, pues soy respetuoso de la ley y el Estado de Derecho. Le reitero mi pregunta, ilústrenos aclarando: ¿Incurrió en responsabilidad el pleno saliente de la CSJ del 26/02/23”.
Ante esto, el exfiscal volvió a responder, dejando sobre la mesa a Sibrián la decisión de qué acción tomar.
“Mi opinión (sobre la CSJ) es pública y coincide con la suya. Pero la mía es una opinión. En su caso, no se trata de defender tesis; se trata de cumplir con su deber irrenunciable e ineludible de acusar a todo aquel que incurra en responsabilidad. Hoy, usted es el titular del MP, actúe como tal”, escribió Edmundo Orellana.
“Gracias por su respuesta abogado. En temas de formalidad, nuestro deber como funcionarios público es pronunciarnos por escrito y ante la autoridad competente”, se limitó a responder Sibrián.
¿Qué dice la ley?
La respuesta ante la interrogante de quién debe ostentar la titularidad del Ministerio Público en ausencia de un fiscal, parte de la interpretación que se haga de la ley.
Para el caso, Sibrián asegura que aunque interpuso su renuncia, debe permanecer en su puesto amparado en el artículo 80 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional, la cual dice específicamente que: “Los funcionarios que elige el Congreso Nacional de la República, cuando concluyan el período para el que fueron electos y no se hayan asignado sus sustitutos, permanecerán en funciones en sus cargos hasta que se realice dicha elección”.
Sin embargo, el vicecanciller, Antonio García, quien también se sumó a la polémica, compartió el artículo 242 de la Constitución de la República, en el que se establece que: “Deberán continuar interinamente en el desempeño de sus funciones los diputados, magistrados y las corporaciones municipales”, por lo que García justificó que “no incluye a otras autoridades y por ende, los excluye. Es argumento falso que FG (fiscal general) debe seguir”.
No obstante, este artículo se refiere al escenario hipotético de que no haya presidente o vicepresidente en Honduras.
Y aunque otros indican que se debe cumplir el artículo 18 de la Ley del Ministerio Público, en donde se establece que a falta de fiscal general y fiscal general adjunto “hará sus veces el director de la Fiscalía”, desde la Asociación de Fiscales respaldan a Sibrían para que continúe en el cargo, en lo que se eligen a las nuevas autoridades.
“En respeto al principio de legalidad, el artículo 18 de la Ley del Ministerio Público, manda a quién sucede al fiscal general y por supuesto que el abogado Daniel Sibrián es alguien que no ha estado en el rol de fiscal general, sus funciones han sido administrativas como fiscal general adjunto y es alguien con quien se puede continuar trabajando, solamente que esperamos el relevo de autoridades, pues es una obligación del Congreso Nacional”, dijo Víctor Marín, presidente de la Asociación de Fiscales.
Sin embargo, desde el ejecutivo sostiene que el Ministerio Público permanece acéfalo, pues se desconoce a Sibrián como autoridad, ya que su tiempo en este ente finalizó junto al de Chinchilla.
“El artículo 80 y el reglamento interno no puede delegar facultades constitucionales. Los titulares del Ministerio Público, tienen vencido su mandato, por tanto la titularidad del MP está acéfala. Urge elegir”, dijo la mandataria.