TEGUCIGAPA, HONDURAS.- Los señores Ramón “Moncho” Lobo Sosa y Wilfredo Cerrato Durón no pisarían la cárcel tras ser implicados por la Unidad Fiscal Especial contra la Impunidad de la Corrupción (Ufecic), en el denominado caso “Caja Chica del Hermano”.
El Código Procesal hondureño en su artículo 184 no contempla los delitos de fraude y apropiación, por lo tanto no se les puede imponer la medida de prisión preventiva.
“En principio en estos casos específicos el delito por el cual se les está imputando es un delito que no está comprendido en el catálogo para los cuales hay una prohibición para los jueces de cualquier naturaleza para poder librar una orden de captura”, explicó el abogado penalista Juan Carlos Sánchez.
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La gravedad la establece el Código Penal en función de la pena, pero es una cuestión subjetiva que los jueces pueden manejar, tomando en consideración el arraigo, y otras consideraciones en el no peligro de fuga del imputado, señaló el profesional del derecho.
Sumado a ello, el artículo 183 del mismo Código Procesal Penal en el artículo 183 prohíbe a los jueces decretar prisión preventiva a los mayores de 70 años.
En el caso, “Caja Chica del Hermano”, Ramón Lobo Sosa tiene 90 años de edad y Wilfredo Cerrato, 71 años.
“Tenemos entendido que las personas que han sido acusadas por el Ministerio Público tienen esta prerrogativa, por lo tanto considero y esperamos que el juez natural que se nombre en este caso mandará a citar a las personas imputadas”, manifestó el abogado Sánchez.
Sin embargo, explicó que el juez no está obligado a saber la edad, en todo caso debería existir una presentación voluntaria para poner en conocimiento al juez o a través del apoderado legal sobre la edad de los acusados y se pueda señalar el día y hora a efecto de que comparezcan a audiencia de declaración de imputado.
El pleno de magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) se apresta este día a designar al juez natural y la corte de apelaciones que conocerán la acusación en contra de “Moncho” Lobo y Cerrato.
Aunque la Ufecic no solicita en el requerimiento fiscal la captura de los imputados, queda a disposición del juez que se designe el futuro judicial de los imputados.
De acuerdo a las investigaciones, los imputados se embolsaron 8.4 millones de lempiras a través de la emisión de 84 cheques.
El dinero sería destinado a la seguridad de la Casa Presidencial, sin embargo, terminaron en las cuentas privadas de Lobo Sosa.
Para recuperar los recursos apropiados, los fiscales no descartan emitir otro requerimiento en contra de los bienes de los imputados.