TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La Sala III del Tribunal de Sentencia de Tegucigalpa negó la solicitud presentada por la representación legal del exministro de Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI), José Rosario Bonano, para acogerse al Decreto de Amnistía, debido a que miembros del Tribunal consideraron que la ley tiene vicios de inconstitucionalidad.
El 8 de marzo la Juez Karla Romero interpuso recurso de inconstitucionalidad en contra del Decreto de Amnistía Política aprobado por el Congreso Nacional (bajo los artículos 87 y 88 de la Ley Sobre Justicia Constitucional).
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Esta norma establece que “los órganos jurisdiccionales podrán solicitar de oficio a la Sala de lo Constitucional que declare la inconstitucionalidad de una ley o de alguno (s) de sus preceptos y su derogación, cuando conociendo en cualquier procedimiento judicial, consideren que la ley o alguno (s) de sus preceptos aplicable al caso, es contrario a la Constitución de la República o a un Tratado o Instrumento Internacional, y que de dicha ley o precepto legal depende el fallo que deben dictar”.
El artículo 88 agrega que “el órgano jurisdiccional que solicite de oficio la declaración de inconstitucionalidad, dictará una resolución motivada, en la cual señalará con precisión y claridad la ley o precepto legal que supone violatorio de la Constitución, y porqué la decisión del juicio depende de la aplicación de esta ley o precepto legal”.
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En base a estas consideraciones normativas, en su momento la solicitud de ampararse bajo la Ley de Amnistía fue denegada, por lo que el expediente del juicio que se mandó a repetir por parte de la Sala Penal aún está pendiente de desarrollarse a la espera de la resolución por parte de la Sala Constitucional.
Este y otros recursos sobre el Decreto de Amnistía ya fueron retirados por parte del Ministerio Público para ser objeto de dictamen de la Fiscalía Especial de la Defensa de la Constitución, una vez se reciba el dictamen fiscal continuará el análisis por parte de la Sala Constitucional.
A José Rosario Bonano, extitular de la desaparecida Soptravi, en 2017, un Tribunal le declaró absuelto por los delitos de violación de los deberes de los funcionarios y fraude.
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El ente acusador del Estado haciendo uso de su derecho impugnatorio, en aquel momento interpuso el recurso de casación correspondiente ante la Sala de lo Penal la que ordenó que se repitiera el juicio oral y público, remitiendo nuevamente el expediente al Tribunal de Sentencia donde se está a la espera de la fecha de inicio del debate mientras la Sala Constitucional resuelve los recursos presentados sobre el mencionado decreto.