Honduras

Pleno de magistrados no puede ser convocado hasta que defensa de JOH no se persone a la Corte

Es necesario que antes de convocar al pleno, los abogados de la defensa debe personarse ante la Secretaría General de la CSJ, plazo que concluye el próximo viernes 25
23.03.2022

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Los 15 magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) estarían siendo convocados en cualquier momento de esta semana para resolver el recurso de apelación presentada por la defensa del exmandatario Juan Orlando Hernández para evitar su extradición, luego de haber sido solicitado por Estados Unidos, quien lo acusa por cargos de narcotráfico.

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Sin embargo, una última acción es necesaria antes de que el pleno se reúna y defina resolver a favor de rechazar el fallo del juez de extradición Edwin Ortez, o lo confirme y se desarrolle lo solicitado por la justicia estadounidense. Es necesario que antes de convocar al pleno, los abogados de la defensa deben personarse ante la Secretaría General de la CSJ, plazo que concluye el próximo viernes 25 del presente mes.

“La ruta procesal que debe seguirse en este tipo de casos es que una vez que el expediente ha sido recibido en Secretaría General, las partes activas en el proceso deben personarse en esta instancia de alzada a fin de que quede registrado debidamente lo que procesalmente corresponde”, se lee en el comunicado. Sin embargo, este personamiento de la defensa aún está pendiente.

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A continuación lo detallado por el Poder Judicial a través de un comunicado:

Juez de extradición de primera instancia remite a Secretaría de la CSJ recurso de apelación presentado por defensa del expresidente Juan Orlando Hernández Alvarado.

El Juez de Extradición de Primera Instancia designado para conocer la solicitud de extradición para el ciudadano Juan Orlando Hernández Alvarado, luego de notificar a su defensa técnica el Auto de Admisibilidad correspondiente, remitió en la últimas horas a la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) el Recurso de Apelación presentado a favor del requerido.

La Secretaría General este día remitió toda la documentación a la Presidencia de la de CSJ. La ruta procesal que debe seguirse en este tipo de casos es que una vez que el expediente ha sido recibido en Secretaría General, las partes activas en el proceso deben personarse en esta instancia de alzada a fin de que quede registrado debidamente lo que procesalmente corresponde.

Este personamiento de la defensa aún está pendiente. Los abogados de la defensa se notificaron del Auto que da trámite a la Apelación el pasado martes 22 de los corrientes, a partir de hoy miércoles 23 comenzó a correr el término para personarse ante la Secretaría General de la CSJ, plazo que concluye el próximo viernes 25 del presente mes.

El procedimiento contenido en el Auto Acordado establece en uno de sus párrafos que “al día siguiente de la última notificación del auto en que se tengan por contestado los agravios, se remitirán los antecedentes ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia, la que confirmara, revocará o reformará la resolución impugnada dentro de los tres días siguientes.

No obstante, previo a esta discusión en el Pleno de Magistrados de CSJ, como parte de los requerimientos procesales de rigor, debe darse el personamiento de las partes tal como corresponde y el plazo de los tres días indicados para la CSJ corren a partir del día siguiente a dicho personamiento por parte de la defensa técnica; es decir, que mientras no se personen los abogados de la defensa no se puede convocar al Pleno.

A fin de dar la agilidad debida al proceso, el presente Auto Acordado señala que todos los días y horas son hábiles para evacuar las incidencias que corresponden en relación a las solicitudes de extradición en Honduras.

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