Tegucigalpa, Honduras
La despenalización del aborto no solo dependía de cambios en la disposición del nuevo Código Penal, sino que requiere también de la modificación de artículos de otras leyes como la Constitución de la República.
En el artículo 67 constitucional estipula que “al que está por nacer se le considerará nacido para todo lo que le favorezca dentro de los límites establecidos por la ley”.
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Con 79votos quedó firme la penalización del aborto. |
Cualquier pretensión de incluir excepciones a la disposición penal requeriría que también se reforme este artículo de la Carta Magna hondureña.
El jueves anterior, el Congreso Nacional aprobó la figura del aborto en el nuevo estamento jurídico, cuyas penas van de tres a diez años de prisión y multas para quienes lo cometan en el país.