La compra de los siete hospitales móviles se reportó entre marzo y abril de 2020, periodo en que se encontraba vigente el antiguo Código Penal, norma que otorga potestad a los jueces de imponer condenas a los imputados.
Fue hasta en junio de 2020 que entró en vigencia el nuevo Código Penal.
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La Constitución de Honduras contiene en su artículo número 50 un apartado que indica: “las leyes no pueden tener efecto retroactivo, excepto en materia penal, cuando la nueva ley favorece al delincuente”.Este principio obligará al tribunal de sentencia que conozca el juicio contra Bográn y Moraes a definir que norma les favorece más a los imputados, en caso de ser encontrados culpables de los cargos.
Los dos exfuncionarios de Invest-H son acusados de los delitos de fraude y violación a los deberes de los funcionarios, por su presunta participación en la millonaria compra.
El Código Penal de 1983 castiga el delito de fraude con una pena que oscila entre seis y nueve años de prisión al funcionario que por razón de su cargo participe en cualquier acto jurídico que tenga interés el Estado y se ponga de acuerdo con alguno de los interesados para defraudar al fisco. Mientras que el delito de violación de los deberes de los funcionarios contiene una pena de tres a seis años de prisión.
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Si los exfuncionarios son enjuiciados con la norma penal de 1983, recibirían una pena mínima de nueve años de reclusión y una pena máxima de hasta 15 años.Por su parte, el nuevo Código Penal castiga el delito de fraude con penas de prisión de cinco a siete años. Sin embargo, en la nueva norma penal no solo se castiga con prisión el delito de fraude, sino que impone exorbitantes multas a los sentenciados por la cantidad igual o hasta el triple del valor de lo defraudado e inhabilitación absoluta por el doble del tiempo de la pena de prisión.
Es decir que tanto Bográn y Moraes se exponen a una multa del valor de los hospitales móviles cuyo costo ascendió a 1,174 millones de lempiras o hasta el triple del costo de los recintos que sumarían los 3,522 millones de lempiras.
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También, inhabilita a los funcionarios para obtener subvenciones y ayudas públicas, contratar con el sector público y gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social por el doble del tiempo de la pena de prisión.
El delito de violación a los deberes de los funcionarios no es castigado con penas de prisión en la nueva legislación penal.
El tribunal que conozca el expediente contra los exfuncionarios tendrá la última palabra si el proceso es elevado a juicio oral y público.
Por ahora, la defensa de Bográn anunció la interposición de recurso ante la Corte de Apelaciones en Materia de Corrupción, con el que buscará revertir el fallo y evitar que el caso llegue un juicio.
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