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La acción ocurre solo días después de iniciada la crisis dentro del Poder Legislativo, luego de que durante la sesión para nombrar a la que sería la nueva junta directa directiva se procedió a juramentar a dos de ellas, contrariando lo establecido en las leyes nacionales.

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La primera de las juntas fue juramentada por el ministro Leonel Ayala y está integrada por el parlamentario Jorge Cálix a la cabeza, luego de que la diputada Beatriz Valle lo propusiera; mientras que la segunda, no cuenta con la juramentación del ministro de Gobernación, Justicia y Descentralización, pero fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta, en un acto cuestionado. Esa junta paralela lleva al frente al diputado Luis Redondo, quien es reconocido por algunos de sus correligionarios y seguidores de otros partidos.

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VEA: “Tomamos una decisión pensando en salvarle el Congreso a Xiomara”: Beatriz Valle

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El conflicto se debe a que los que respaldan a Redondo aseguran que Cálix fue nombrado de manera irregular, primero por incumplir un acuerdo que su instituto político tenía con el partido que representa Luis Redondo y en segundo lugar porque no se le dio la palabra a otra persona para mocionar a otro candidato para ocupar el puesto.

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Por su parte, los adeptos a Cálix dicen que su junta directiva es la oficial, pues fue juramentada por el funcionario correspondiente y con la mayoría de votos.

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Ambos mantienen una lucha constante por demostrar cuál es la legítima. En ese contexto, el Partido Nacional, ente que respaldó a Jorge Cálix con sus votos, acusa a Luis Redondo de cometer varios delitos mientras insiste en liderar el Congreso, entre ellos, usurpación de funciones públicas, perturbación ilícita del funcionamiento de las instalaciones, falsificación de documentos y uso de documento falso en perjuicio del Estado, de los diputados nacionalistas y la fe pública. ¿En qué se basan?, a continuación te mostramos la denuncia íntegra.

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VEA TAMBIÉN: Cálix ante recurso de inconstitucionalidad contra su junta directiva: “Diálogo es el mejor camino”

Denuncia completa:

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SE INTERPONE DENUNCIA CRIMINAL POR EL DELITO DE USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS, – PERTURBACIÓN ILÍCITA DEL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES, FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y USO DE DOCUMENTO FALSO; CONTRA EL CIUDADANO LUIS REDONDO GUIFARRO Y OTROS, EN PERJUICIO DE LA INSTITUCIONALIDAD DEL ESTADO, DIPUTADOS DEL PARTIDO NACIONAL Y LA FE PUBLICA.- SE PROPONE LA PRÁCTICA DE DILIGENCIAS INVESTIGATIVAS PARA LA CONSTATACIÓN DE LOS DELITOS DENUNCIADOS Y DETERMINAR OTROS RESPONSABLES A TÍTULO DE AUTORES O PARTÍCIPES EN LOS HECHOS.- SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.- SE ACREDITA PODER. – SE PROCEDA A LA PRESENTACIÓN DE REQUERIMIENTO FISCAL.

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Ministerio Público

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Módulo de Recepción de Denuncias___________, mayor de edad, casado, hondureño, de este domicilio, abogado, con identidad_____, inscrito en el Honorable Colegio de Abogados de Honduras bajo el número __, con residencia profesional para efectos de recibir citaciones y notificaciones en el DESPACHO LEGAL ______, sita en la colonia ______, de esta ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., Teléfono: ____y móvil: ___, y el correo electrónico ______; accionando en mi condición de Apoderado Legal del _______, misma representación que acredito con la copia fotostática del poder de representación adjunto a este escrito, muy respetuosamente comparezco a presentar DENUNCIA CRIMINAL POR EL DELITO DE USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS, PERTURBACIÓN ILÍCITA DEL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES, FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS CONTRA EL CIUDADANO LUIS REDONDO GUIFARRO Y OTROS QUE UNA VEZ CONCLUIDAS LAS INVESTIGACIONES SEAN INDIVIDUALIZADOS, EN PERJUICIO DE LA INSTITUCIONALIDAD DEL ESTADO, DIPUTADOS DEL PARTIDO NACIONAL Y LA FE PUBLICA – que formulo en atención de los hechos y consideraciones legales siguientes:

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ANTECEDENTES DE HECHO

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PRIMERO: En los comicios electorales celebrados el 28 de noviembre del año 2021, se sometieron a votación 3 niveles electivos: 1) Presidente de la República y designados, 2) Miembros de corporación municipal, y 3) Diputados al Congreso Nacional.

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En el NIVEL ELECTIVO PRESIDENCIAL, resultó ganadora la alianza conformada por los partidos LIBRE, Partido Salvador de Honduras, y partido Innovación y Unidad Social Demócrata PINU. En el nivel de DIPUTADOS AL CONGRESO NACIONAL el pueblo hondureño no le otorgó a ningún partido político, ni a la alianza, 65 curules que constituyen la mayoría simple que se requiere para la elección de la Junta Directiva del Congreso Nacional. En dicho nivel se obtuvieron los resultados siguientesDemocracia Cristianaa: 11 diputados.

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Partido Anticorrupción: 1 diputados.

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Partido Salvadorde Hondurass: 100 diputados.

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Partido Liberal: 22 diputados.

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Partido Nacional de Honduras: 44 diputados.

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Partido Libertad y Refundación: 50 diputados.

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Como puede observarse, el partido nacional obtuvo 44 diputados propietarios y sus respectivos suplentes, lo que se traduce en el 35% de total de diputados del Congreso Nacional, siendo estos diputados también electos por el pueblo y representan a un amplio porcentaje de la población hondureña, sin los cuales es imposible la toma de algunas decisiones en el congreso nacional, tal es el caso de los que se requiere mayoría cualificada. Y aunque no sea del parecer del ciudadano Luis Redondo, como lo ha manifestado en muchas ocasiones, el pueblo hondureño decidió en las urnas asignar un mayor número de diputados al Partido Nacional, incluso mas de 4 veces mas el número de diputados que el pueblo escogió para el partido por el cual resultó electo el señor Luis Redondo, que solo obtuvo 10 diputados, estando por encima en cantidad también el Partido Liberal, que obtuvo 22 curules.

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SEGUNDO: En fecha veintiuno (21) de enero del año dos mil veintidós (2022); con base a lo establecido en la Constitución de la República y la Ley orgánica del Poder Legislativo tuvo lugar la elección de la Junta Directiva Provisional del Congreso Nacional, en la cual por mayoría de votos (ochenta y cuatro) se eligieron a los ciudadanos Jorge Calix Espinal, como presidente del Congreso Nacional, Yahvé Sabillón como vicepresidente del Congreso Nacional y Delia Beatriz Valle como I Secretaria del Congreso Nacional, quienes fueron juramentados por el Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación Justicia y Descentralización Héctor Leonel Ayala, siendo juramentados en el acto y quedando en funciones los mismos.

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TERCERO: Sin embargo, cuando se estaba finalizando la juramentación, varios diputados de diferentes partidos que no estaban conformes con la elección, al querer imponer como presidente al ciudadano Luis Redondo Guifarro, por encima de la voluntad de la mayoría de diputados propietarios (que es a quienes les corresponde elegir al presidente de Congreso), generaron una serie de hechos violentos por lo que a fuerza de golpes y violencia en las cosas, se tomaron el espacio que ocupa la Junta Directiva y procedieron a hacer una simulación de elección y juramentación de otra Junta Directiva Provisional aun y cuando no contaban con los votos suficientes, ni con las formalidades que establece la Constitución, siendo la principal que debe ser en una reunión presidida por el ministro de Gobernación.

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En el simulacro se nombró a los ciudadanos LuiRedondo Guifarroro como presidente del Congreso Nacional, Hugo Noé Pino como vicepresidente del Congreso Nacional y Angélica Smith como I Secretaria, alegando ser Junta Directiva Provisional. A partir de ese momento iniciaron a convocar a simpatizantes de sus partidos políticos que acudieran al Congreso, acusando a los diputados que decidieron votar por el Diputado Jorge Calix Espinal de Traidores.

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CUARTO: En horas de la tarde del día 22 de enero, se convocó a simpatizantes de ciudadano Luis Redondo Guifarro, a una vigilia en las afueras de las instalaciones del Palacio Legislativo, situación que generó un clima de caos e incertidumbre en la población en general, asimismo cientos de ciudadanos se trasladaron a las instalaciones (bajos) del Congreso Nacional para acompañar la vigilia convocada, y dado las expresiones de odio de los convocados, llegando al grado en horas de la noche de ese mismo día, a forzar las cercas del Congreso Nacional para ingresar al mismo, así como otros hecho violentos suscitados, llegando incluso a incendiar la casa de dos de los Diputados que apoyaron esta decisión; a solicitud de 5 diputados (en aplicación del artículo 3 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 191 de la Constitución de la República, por considerar peligroso y poco prudente celebrar la sesión para elegir la Junta Directiva en Propiedad en la sede del Palacio Legislativo, por lo que para salvaguardar la integridad física de los Honorables Diputados y empleados del Congreso Nacional, la Sesión del Pleno para elegir la Junta Directiva en Propiedad se trasladó a la sede el Club Deportivo Bosques de Zambrano, por considerar esta opción menos riesgosa para la integridad física de los Honorables Diputados y empleados, procediendo la Junta Directiva Provisional a la apertura y desarrollo de la misma, con la participación de 79 diputados propietarios de los 128 que integran el pleno.

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Dentro de los 79 diputados se encontraban los 44 diputados del Partido Nacional. La celebración de dicha reunión se desarrolló a partir de las ocho con veinte minutos de la mañana (8:20 am), procediendo a la elección de la Junta Directiva en Propiedad, quedando a partir de ese momento integrada la nueva Junta Directiva del Congreso Nacional, el cual es independiente de cualquier otro Poder del Estado.

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QUINTO: Por otra parte, los diputados dirigidos por el señor Luis Redondo que se tenían tomadas las instalaciones del Congreso junto con un grupo de simpatizantes desde la noche anterior, sin cumplir los requisitos de ley, procediendo a partir de las ocho con veinte minutos antes meridiano (8:20 am) a celebrar otro simulacro de sesión para la elección de la Junta Directiva en Propiedad que habían acordado a través de un pacto aun y cuando no contaban con los votos suficientes para este acto, pues quienes acompañaron esta elección eran en su mayoría diputados del Partido Libertad y Refundación y los suplentes de los diputados propietarios del mismo partido que fueron expulsados (suplentes sin derecho a voto), también se encontraban participando de la reunión de manera simultánea los diputados propietarios y sus respectivos del Partido Libertad y Refundación, Partido Salvador de Honduras, procediendo los mismos hacer un simulacro de votación en sustitución de los diputados propietarios tanto del Partido Libertad y Refundación como de otros partidos políticos que se encontraban sesionando en la Sesión convocada por el presidente Juramentado por el Ministro Gobernación, legitimado ado tanto para convocar como para abrir y dirigir la sesión (Jorge Luis Calix Espinal), por lo que además de la ilegalidad de la instalación de la reunión desarrollada en el hemiciclo donde se elige al señor Luis Redondo, debemos dejar claro que la participación de los diputados suplentes también es ilegal al no estar legitimados los mismos para votar ya que, al estar presentes sus propietarios no pueden integrarse, pues según sus declaraciones contó en la sesión con 90 votos para ser electo como Presidente del Congreso Nacional, lo cual es desde todo punto de vista ilógico pues al ser 128 diputados propietarios los que integran el Pleno del Congreso Nacional, de los cuales 79 diputados incluyendo los 44 del Partido Nacional se presentaron a sesión en el Club Campestre Bosques de Zambrano y apoyaron al Diputado Jorge Calix, el diputado Redondo al momento de sesionar solo contó con la presencia de 49 diputados propietarios por lo tanto el mismo no alcanzaba el quorum necesario para llevar a cabo la sesión, procediendo el mismo a integrar diputados suplentes de los diputados del Partido Libertad y Refundación que fueron expulsados sumando un total de 67 votos lo que daba suficiencia para el quorum, pero no suma los 90 votos presuntos por lo tanto este integró diputados adicionales de la bancada del Partido Libertad y Refundación aun y cuando sus diputados propietarios estaban presentes, lo que es ilegal desde toda perspectiva, violentando lo establecido en el artículo 60 de la ley Orgánica del Poder Legislativo, aunado a que los diputados suplentes integrados votaron en sustitución de diputados propietarios de otros partidos políticos como es el Partido Nacional de Honduras, pues tanto los diputados propietarios como suplentes estaban acompañando la sesión celebrada en el Club Campestre Bosques de Zambrano (aunque los suplentes únicamente como observadores) y se desconoce de quién son los votos que se acreditaron en lugar de los suyos, evidenciando lo anterior que los actos realizados por los diputados suplentes son ilegítimos y se constituyen en delito de usurpación porque ejercieron actos propios de un diputado propietario de otro partido político distinto al que fueron electos, atribuyéndose la cualidad de los mismos. Sin lugar a dudas lo sucedido en una violación al artículo 321 de la Constitución de la República “Los servidores del Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la ley. Todo acto que ejecuten fuera de la ley es nulo e implica responsabilidad”. Asimismo, los diputados suplentes integrados utilizaron curules que no les correspondía, en lugar de los miembros propietarios del Pleno, que de paso sea dicho, usurparon curules de diputados de otros partidos políticos, en consecuencia, de forma paralela simularon la elección de otras autoridades del Congreso Nacional, dando como resultado confusión en la población, que la mayoría no son expertos en derecho y daban a entender que un pacto que no tomó en cuenta a partidos políticos cuyos votos por sí solo sumados hacen mayoría (tal es el caso del partido nacional con 44 votos y el liberal con 26 que suman 66 votos), estaba por encima de la propia Constitución que señala que el presidente del congreso será electo por la mitad mas uno de los diputados.

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SEXTO: Dichas actuaciones al margen de la Constitución y la ley, llegaron al punto del día domingo 23 de enero en horas de la tarde, tomarse por la fuerza las instalaciones de la Empresa Nacionalar Gráficas icasicas, al grado que las autoridades de dicha entidad, emitieron un comunicado el día lunes 24 de enero, en el que se informó a la ciudadanía que ese día están tomadas las instalaciones de la misma por un grupo de empleados y simpatizantes del señor Luis Redondo, que impedían el ingreso, por lo que ese día no se estaría operando, aprovechando las personas que se tenían tomada la ENAG, las horas de la noche del día 24 de enero para apoderarse de la maquinaria de la empresa para imprimir un documento en el que se señalaba una junta directiva presidida por el señor Luis Redondo, como la Junta Directiva del Congreso Nacional, simulando ser una publicación oficial del Diario La Gaceta (pues utilizaron todos sus símbolos, tipo de letra y formato), aun y cuando la gerente de dicha entidad ya había advertido la toma de las instalaciones. Aun cuando ese documento impreso ilegalmente utilizando la nomenclatura del Diario Oficial la Gaceta “Simula un documento de modo que induce a error sobre su autenticidad” y “Falta a la verdad en la narración de los hechos, de modo que induce a error sobre la veracidad del documento en alguno de sus elementos esenciales”, este fue exhibido a través de los medios de comunicación y en diversos actos por el señor Luis Redondo y otros de sus simpatizantes.

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OCTAVO: Tal como manda la Constitución, en razón de que los simpatizantes del señor Luis Redondo, aun tienen tomadas las instalaciones del Congreso Nacional forzando las cerraduras de sus oficinas, la Junta Directiva legalmente constituida resolvió realizar su sesión solemne de inicio de legislatura del día 25 de enero vía zoom, para sorpresa de que a pesar de estar debidamente convocado, no asistieron a la misma los diputados propietarios que sin tener la mayoría querían como presidente al ciudadano Luis Redondo; quienes desarrollaron otro simulacro de sesión en las instalaciones del hemiciclo, que tienen tomadas desde el día 21 de enero. En dicha reunión manifestaron que se contaba con un quórum de 128 diputados, situación que como partido nos alarma, pues representamos a un amplio porcentaje de la población que se encuentra representada a traces de 44 de los 128 curules que integran en Congreso y al no estar presentes en ese acto, ninguno de los 44 diputados propietarios, ni lossuplementosntes de nuestro instituto político, al apuntar en el simulacro de lectura de un documento que se denominó acta y a través de los medios de comunicación que estaban presentes 128 diputados, significas que los 44 curules que corresponden a la bancada del Partido Nacional fueron usurpados. SIN LOS DIPUTADOS DEL PARTIDO NACIONAL EL MÁXIMO DE DIPUTADOS, AUN INTEGRANDO SUPLENTES DE LOS PARTIDO PRESENTE DE MANERA SIMULTÁNEA CON SUS PROPIETARIOS, HUBIERA SIDO DE 84 (que es la cifra que da al restar 412NORMATIVATIVA PENAL EN LA CUAL SE SUBSUMEN LAS ACCIONES COMETIDAS.

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Las acciones antes señaladas, alteran y tergiversan el funcionamiento y operación del Poder Legislativo, la Constitución y su ley orgánica, siendo las mismas acciones típicas y antijurídicas, que resultan lesivas para mi representado y el Estado mismo, conductas que se encuentra regulada en el Código Penal vigente en su ARTÍCULO 471 “USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS. Quien ejerce ilegítimamente actos propios de un funcionario o empleado público, atribuyéndose esa cualidad, debe ser castigado con la pena de prisión de uno (1) a cuatro (4) años”; así también en el delito de PERTURBACIÓN ILÍCITA DEL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES, regulen Artículoculo 541 del Código Penal, especialmente en su párrafo terceQuiénesenes violentamente o con intimidación impiden a los miembros del Congreso Nacional, de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) o la Sede Titular del Poder Ejecutivo, concurrir a las reuniones de tales instituciones, deben ser castigados con la pena de prisión de dos (2) a cuatro (4) años e inhabilitación especial para cargo u oficio público por el doble del tiempo de la pena de prisión”; y los delitos de FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y USO DE DOCUMENTO FALSO regulados en el Artículo 461 y 462 del Código Penal, “FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PRIVADOS. Quien, para perjudicar a otro, comete en documento privado alguna de las falsedades previstas en el Artículo 456 del presente Código, debe ser castigado con la pena de prisión de uno (1) a tres (3) años”, “USO DE DOCUMENTOS PRIVADOS FALSOS. Quien, sin haber intervenido en su falsificación, presenta en juicio o causa perjuicio a tercero haciendo uso de los documentos falsos a que se refiere el artículo anterior, debe ser castigado con la pena señalada para la falsificación, reducida en un tercio (1/3)”.

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Sin perjuicio de que una vez concluidas las investigaciones se puedan identificar la comisión de otros delitos, como sedición o traición a la patria.

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MEDIOS DE PRUEBA QUE SUSTENTAN LA DENUNCIA

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Constancia emitida por la Secretaría de Gobernación, donde hace fe de la elección de la Junta Directiva en propiedad, presidida por el HD Jorge Luis Cálix, en fecha 21 de enero.

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Copia del comunicado emitido por el Congreso Nacional, informando sobre el nuevo lugar donde se realizaría la segunda sesión preparatoria de fecha 23 de enero.

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Video consistente en la toma de las instalaciones de la Empresa Nacional de Artes Gráficas (ENAG) donde se acredita la solicitud realizada por los empleados presentes, al momento de la solicitud de impresión para posterior publicación en el Diario Oficial “La Gaceta” del Decreto de Elección y Nombramiento de la Junta Directiva del Congreso Nacional Presidida por el LRedondo. Impresiónsión realizada en las maquinas del Diario Oficial “La Gaceta”, de la Junta Directiva del Congreso Nacional presidida por el Luis Redondo, con fecha 24 de enero, a sabiendas de su falsedad.

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Comunicado emitido el 24 de enero de 2022, por las autoridades de la Empresa Nacional de ArGráficasicas (ENAG) donde informan que el 24 de enero no estaban en funcionamiento, debido a que no se podía ingresar a las instalaciones por el bloqueo que mantiene un grupo de empleados y personas particulares, lo que imposibilita la operación normal de la institución.

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PRÁCTICA DE OTRAS DILIGENCIAS INVESTIGATIVAS

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Para los efectos de la constatación de los delitos denunciados solicito se practique cuanta diligencia investigativa sea necesaria y estime ese ente Fiscal pertinente, mediante la práctica de cualquier mecanismo legal para la recolección de evidencias y pruebas, en especial solicito se proceda a:

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Solicitar los listados de asistencia levantadas en las reuniones realizada en las instalaciones realizadas por el señor Luis Redondo en el Palacio Legislativo celebrada el día veintitrés (23) y veinticinco (25) de enero del año dos mil veintidós (2022) para acreditar quiénes eran los diputados Propietarios y Suplentes que participaron de mismas; Solicitaritar el acta de las reuniones celebradas en las instalaciones del Palacio Legislativo el día 23 y 25 de enero del año dos mil veintidós (2022) para acreditar el proceso de integración de los diputados y la condición en que actuó cada uno de ellos y los mecanismos de votación utilizados; Inspeccionar los videos de la transmisión de las reuniones realizada en las instalaciones del Palacio Legislativo celebradas el día 23 y 25 de enero del año dos mil veintidós (2022), para determinar quiénes ocuparon y votaron desde los curules de los diputados propietarios del Partido Nacional de Honduras, sustituyendo de forma ilegítima los mismos.

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Cualquier otra que el Ministerio Público considere necesaria para la constatación de hechos. FUNDAMENTOSNTOS DE DERECHODERECHO LaLa presente denuncia se encuentra fundamentada en los Artículos 1, 60, 61, 70, 80, 90, 321 y demás aplicables de la Constitución de la República; 60 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 8, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 25, 54, 198, 199, 267, 268, 270, 272, 273, 274, 275, 278, 279, 284 número 3, 285 y demás aplicables del Código Procesal Penal; 1, 3, 12, 13, 14, 31, 32, 471, 541, 461 y 462 y demás aplicablePenal. PETICIÓN Anal.PETICIÓNA Módulo Especializado de Recepción de Denuncias del Ministerio Público; Respetuosamente PIDO:

40

1.- Admitir la presente denuncia, junto con los documentos acompañados y darle el trámite de Ley correspondiente;

41

2.- Tener por acreditado el poder con el que actuó en las presentes diligencias;

42

3.- Tener por interpuesta la DENUNCIA CRIMINAL por EL POR EL DELITO DE USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS, – PERTURBACIÓN ILÍCITA DEL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES, FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y USO DE DOCUMENTO FALSO; CONTRA EL CIUDADANO LUIS REDONDO GUIFARRO Y OTROS, EN PERJUICIO DE LA INSTITUCIONALIDAD DEL ESTADO, DIPUTADOS DEL PARTIDO NACIONAL Y LA FE PUBLICA.- SE PROPONE LA PRACTICA DE DILIGENCIAS INVESTIGATIVAS PARA LA CONSTATACIÓN DE LOS DELITOS DENUNCIADOS Y DETERMINAR OTROS RESPONSABLES A TÍTULO DE AUTORES O PARTÍCIPES EN LOS HECHOS, en virtud de los argumentos antes expuestos;

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4.- Proceder a realizar cuantas diligencias investigativas sean necesarias para la constatación del delito denunciado y una vez finalizadas dichas diligencias investigativa que la Unidad instructora proceda a presentar el correspondiente Requerimiento Fiscal en contra de los denunciados, y demás personas que hayan tenido participación en el caso;

44

5.- En definitiva, resolver de conformidad a lo solicitado.

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Tegucigalpa, M.D.C., 28 de enero de 2022.

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Redacción

Staff de EL HERALDO, medio de comunicación hondureño fundado en 1979.

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