Tegucigalpa

¿Qué beneficio tiene mi hijo o mi cónyuge en el Seguro Social?

Tanto los cónyuges como los hijos pueden ser afiliados indirectos del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS)
08.02.2024

Tegucigalpa Estar afiliado al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), es un privilegio que le permitirá a sus hijos o cónyuge adquirir ciertos beneficios en virtud de los derechos que son generados por ser asegurado activo.

A partir de la primera aportación que efectúe el participante directo, los dependientes del asegurado ya tienen derecho a gozar de los beneficios.Únicamente deben abocarse al Departamento de Afiliación del (IHSS) a realizar los tramites correspondientes para el proceso de la adhesión de los beneficiarios.

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Según Carminda Guerra, Jefa de Afiliación, una vez que el hijo de un asegurado sea afiliado en el Instituto Hondureño de Seguridad Social, este contará con los mismo beneficios del asegurado directo.Su hijo puede gozar de los servicios del IHSS hasta cumplir los 18 años, a excepción de los que presentan capacidades especiales.

“Los menores discapacitados continúan con los servicios de por vida, sin importar la edad, siempre y cuando el asegurado directo continúe cotizando”, informó Guerra.

Beneficios del cónyuge

En el caso de los cónyuges, los derechos no son los mismos, pues solamente tiene acceso a medicina general y si es fémina, al servicio completo para maternidad; para recibir el último servicio el afiliado directo tiene que tener 10 aportaciones.

“El reglamento establece en el artículo 60 que para la prestación del servicio de maternidad debe tener diez cotizaciones continuas, tanto el asegurado directo, si es él el que va a gozar del servicio o el mismo para darle extensión a su beneficiario”, aclaró la Jefa de Afiliación.

Los servicios que le Seguro Social le ofrece son: medicina general, atención por accidente no profesional, maternidad, accidente de trabajo, vejez e invalides, entre otros.

No obstante, una vez que el afiliado deje de laborar, dos meses después ni él ni sus beneficiarios podrán seguir gozando de los servicios del Seguro Social .

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