Evitar accidentes y multas de tránsito no es imposible. Expertos en seguridad vial aseguran que el secreto está en aplicar lo que manda la Ley de Tránsito vigente en sus artículos 98, 99 y 100.
Cada uno de estos artículos consta de incisos que le indican al conductor lo que le es permitido cuando va frente al volante.
“Nadie puede alegar ignorancia de la ley una vez haya sido publicada en el diario oficial La Gaceta”, dijo el subinspector de Policía, Juan Sabillón, quien enumeró una serie de medidas que deben adoptar todos los conductores cuando van frente al volante, entre ellas:
• Evite hablar por el celular.
• Respete los límites de velocidad establecidos y la señales de tránsito.
• No se estacione en lugares prohibidos.
• Respete a los demás conductores de la vía pública.
• Lleve a mano sus documentos y licencia de conducir vigentes. También la documentación de su vehículo.
• Si ingiere bebidas alcohólicas, no maneje.
El artículo 19 de la Ley de Tránsito también otorga a los conductores que consideren que la sanción aplicada por el agente de tránsito es arbitraria, la posibilidad de impugnarla en el término de 72 horas, argumentando por escrito el por qué no está de acuerdo.
Tipos de faltas
El artículo 101 de la Ley de Tránsito reconoce tres tipos de faltas y establece una escala de multas que se impondrán a los infractores:
• Artículo 98, faltas graves. Son las que ponen en peligro la vida, tanto del infractor como la de otros usuarios de la vía pública. Tiene un costo de L 600.00.
• Artículo 99, faltas menos graves. Aunque no generan situaciones de riesgo, representan un severo irrespeto a las normativas de tránsito. Tienen un costo de L 400.00.
• Artículo 100, faltas leves. Son infracciones que irrespetan levemente la normativas de tránsito. Tienen un costo de L 300.00.