Economía

CN exonera a los generadores de energía de impuesto a combustibles

El Congreso Nacional aprobó esta exención que implicaría un beneficio en la tarifa para el consumidor final

07.08.2020

TEGUCIGALPA, HONDURAS.-Los diputados del Congreso Nacional siguen aprobando proyectos de decreto que son remitidos por el Poder Ejecutivo y que implican endeudamiento, así como exoneraciones en plena pandemia del covid-19.

Las empresas del subsector eléctrico quedaron ayer exentas del pago del impuesto denominado Aporte para la Atención a Programas Sociales y Conservación del Patrimonio Vial (ACPV) al admitirse una iniciativa orientada a no cobrarles este tributo a los generadores de energía. Aunque el viceministro de la Secretaría de Energía (SEN), Leonardo Deras, y el presidente de la comisión interventora de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), Gabriel Perdomo, coincidieron en que esta dispensa se traducirá en un provecho para el consumidor final, congresistas de la oposición cuestionaron que es un apagafuegos que al final representa un beneficio directo para los generadores privados y no para el pueblo.

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La exoneración abarca la generación de electricidad en sistemas eléctricos aislados y que prestan un servicio público a través de empresas eléctricas distribuidoras y sistemas de microrredes eléctricas interconectadas o aisladas del Sistema Interconectado Nacional (SIN), de conformidad con la Ley General de la Industria Eléctrica y regulaciones de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE). En el caso de los generadores para autoconsumo y que están habilitados para comercializar el excedente de energía en el mercado eléctrico nacional, la exención aplicará únicamente a la cantidad de combustible proporcional a la energía inyectada al sistema interconectado nacional y registrada en el mercado mayorista.

El 95% de la energía aportada por los contratos manejados por la ENEE se encuentra exonerada y el porcentaje restante (entre el 4% y 5%) entraría al sistema mediante la nueva modalidad que es el mercado de oportunidades, según una fuente oficial.

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Beneficio e incentivo

La Administración del Mercado Mayorista de Electricidad de Honduras queda exonerada del pago de Impuesto sobre Ventas al transporte de electricidad y los servicios requeridos para el mantenimiento de la calidad, confiabilidad y seguridad del servicio eléctrico, incluyendo los servicios prestados por el Operador del Sistema Eléctrico (ODS) cuando los mismos no generen lucro, según el artículo tres del dictamen.

Los excedentes de los combustibles que resulten del control de inventarios generados en los depósitos aduaneros deberán de ser nacionalizados, previa verificación de la Administración Aduanera mediante los mecanismos que disponga.

“Lo que estamos haciendo es dando un incentivo al consumidor, eliminándole todos esos cargos de impuestos, es decir, el gobierno se abstrae de agarrar impuestos de allí con tal que ese beneficio sea traducido directamente a la tarifa del consumidor final”, manifestó Deras durante su intervención en la décimo cuarta sesión virtual del CN.

Casi el 33% representa el ACPV del costo de combustible utilizado para la generación eléctrica, por lo que si no se hacía la exoneración se vería reflejado en la tarifa, aseguró. Por su parte, Perdomo mencionó que este impuesto repercute directamente en los costos de producción, que se le trasladaría al consumidor al no hacer la exoneración.

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