¿Cuánto erogará el sector público de Honduras en el pago del aguinaldo?

El presupuesto asignado para el décimo tercer salario a partir del 6 de diciembre es de 4,120 millones de lempiras para alrededor de 240,000 empleados

  • 16 de noviembre de 2024 a las 10:59
¿Cuánto erogará el sector público de Honduras en el pago del aguinaldo?
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Tegucigalpa, Honduras.-La administración pública de Honduras se alista para cancelar, a partir del próximo 6 de diciembre, el décimo tercer mes de salario o aguinaldo, como se le conoce también. Ese ingreso extraordinario será recibido por más de 240,000 servidores públicos.

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De acuerdo con fuentes de la Secretaría de Finanzas (Sefin), el presupuesto estimado para cubrir esa obligación salarial ronda 4,120 millones de lempiras, que incluye gobierno central e instituciones descentralizadas.

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Agregaron que esperan cumplir con esa obligación en la segunda y tercera semana de diciembre, ya que el flujo de pago depende de la responsabilidad de cada institución para cargar sus planillas al Sistema Integrado de Administración Financiera (Siafi), dejando claro que la ley permite cancelar el aguinaldo hasta el último día de diciembre.

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La fuente de ingresos para cubrir el décimo tercer mes de salario son las recaudaciones tributarias de la administración central e ingresos de las instituciones descentralizadas. Un informe de la Sefin al 15 de noviembre revela que la administración pública cuenta con 20,257.5 millones de lempiras en disponibilidad o superávit. Los ingresos globales suman 297,479.2 millones de lempiras y lo ejecutado alcanza 277,221.7 millones.

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No obstante, los entrevistados reconocen que hay instituciones descentralizadas, sobre todo las empresas de servicios públicos, que no cuentan con ingresos para cubrir el aguinaldo y se ven obligadas a gestionar transferencias de fondos–ingresos no operacionales- con el gobierno. El presupuesto vigente 2024 para la partida de servicios personales –sueldos y aportes patronales- del sector público hondureño es de 104,321.2 millones de lempiras.

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De acuerdo con el Decreto 178-86, el que fue publicado el 17 de noviembre de 1986, todo trabajador tendrá derecho al 100% del pago de su aguinaldo si cumple el año de trabajo continuo o la proporción del mismo, si al 31 de diciembre no cumple 12 meses de servicios con el mismo patrono.

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El artículo 12 estipula que el décimo tercer mes en concepto de aguinaldo se pagará calculando con base en el promedio de los salarios ordinarios percibidos durante el tiempo trabajado en el año de que se trate. En la pequeña y mediana industria, artesanía, agricultura y ganadería en pequeña y mediana escala, se pagará con base en el promedio de los salarios mínimos percibidos durante el tiempo trabajado.

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Luis Rodríguez
Luis Rodríguez

Profesional del Periodismo graduado en Ciudad Universitaria-UNAH. Desde agosto 1995 redactor de noticias económicas en EL HERALDO y después pasó a ser periodista-editor de las secciones de Economía y de Dinero & Negocios.

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