Economía

Finanzas podrá emitir los bonos soberanos en el 2023

La disposición que contemplaba el instrumento modificado de este año se repite en el articulado del proyecto que fue remitido en septiembre al Congreso Nacional
14.10.2022

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Aunque la Secretaría de Finanzas (Sefin) no lo ha hecho durante este año, la entidad queda autorizada para emitir bonos soberanos en el mercado internacional de capitales de estimarlo conveniente en el próximo período de 12 meses.

El artículo 63 del proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el ejercicio fiscal 2023 lo estipula y cuya disposición se repite del decreto legislativo 30-2022 contentivo del presupuesto modificado del año vigente, constató EL HERALDO.

Los títulos emitidos por el gobierno para obtener dinero para financiar servicios y déficits presupuestarios son los bonos soberanos y en el caso de Honduras lo podrá hacer bajo la modalidad de reapertura o nueva emisión en las condiciones financieras imperantes en el mercado en el momento de la negociación.

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“La Secretaría de Finanzas se reserva el derecho a elegir el momento de realizar la operación, de acuerdo con las necesidades de recursos y las condiciones del mercado”, añade la disposición que se copió del artículo 59 del decreto 107-2021 que fue el Presupuesto 2022 aprobado por el pasado Congreso Nacional.

Al tratarse de operaciones de bonos soberanos externos el subsiguiente artículo establece que la Sefin queda facultada para contratar directamente uno o más bancos de inversión especializados en la estructuración, comercialización, fijación de precios y colocación de bonos soberanos.

Cuatro tipos de bonos soberanos han sido colocados por la pasada administración pública que contabilizan 2,300 millones de dólares a tasas de interés que van desde los 5.625% a 8.75% hasta los diez años plazo. .

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Exento

El servicio de la deuda de los bonos soberanos estará exento de toda clase de impuestos, derechos, tasas, recargos, arbitrios, contribuciones, aportes, honorarios o contribución pública, gubernamental o municipal, de conformidad con el tercer párrafo del mismo artículo. Queda especificado que este beneficio solo es aplicable a las personas naturales o jurídicas con residencia en el exterior.

El Fondo Monetario Internacional (FMI) sugirió que “los prestatarios soberanos de economías en desarrollo y mercados preemergentes deben redoblar sus esfuerzos para contener los riesgos asociados a la elevada vulnerabilidad de su deuda mediante el contacto temprano con los acreedores, la cooperación multilateral y el apoyo de la comunidad internacional”.

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