Economía

Hondureño, conozca cuáles son los alcances de la Ley de Alivio de Deuda

La tasa de interés de los préstamos para consolidar deudas será determinado por cada institución financiera
19.10.2019

TEGUCIGALPA, HONDURAS.-1/ La Ley de Alivio de Deuda será una solución para que miles de hondureños que están sobreendeudados con el sistema financiero hondureño y con las casas comerciales puedan mejorar sus finanzas personales.

La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) ha preparado una guía para que la población en general conozca los alcances. Hasta agosto pasado, el número de morosos -personas naturales- con el sistema financiero nacional fue de 119,482, con un saldo de 11,878 millones de lempiras. El saldo de la cartera total es de 184,827.5 millones de lempiras y corresponde a 989,615 personas.

2/ El objetivo de la ley es que los trabajadores puedan optar a un programa de acceso al crédito y consolidación de sus deudas, ante instituciones financieras reguladas o no reguladas, de acuerdo con la CNBS. Se permitirá que los trabajadores que presentan un alto endeudamiento en casas comerciales, prestamistas no bancarios y en el sistema regulado, así como también los trabajadores que sin estar sobreendeudados puedan consolidar sus deudas y tengan acceso al crédito formal.

3/ Tendrán acceso todos los trabajadores que devenguen un salario, independientemente de su modalidad de contratación, historial crediticio y que se les pague a través del sistema financiero nacional, o cualquier otra modalidad. Con respecto a los jubilados o pensionados, pueden acogerse a este mecanismo, sin embargo, las instituciones financieras deben realizar los análisis para determinar la capacidad de pago individual, en virtud de existir restricciones para aplicar deducción por planilla por su condición.

4/ Las entidades que atenderán a los beneficiarios son las instituciones del sistema financiero reguladas, cooperativas e instituciones previsionales podrán dentro de los límites establecidos en la ley y demás legislación aplicables, consolidar deudas a los trabajadores a través de productos financieros y asegurar su repago vía deducción por planilla, lo que garantiza la mitigación de riesgo.

5/ Las instituciones financieras que otorguen créditos a los trabajadores pueden considerar el otorgamiento de los beneficios establecidos, independientemente del historial crediticio del trabajador o deuda vigente, siempre y cuando se asegure el cumplimiento de la obligación financiera contraída por el deudor. Los créditos otorgados amparados en la ley serán considerados categoría I -créditos buenos-, al momento del otorgamiento de los mismos.

6/ En cuanto a las tasas de interés que se aplicarán a los créditos para consolidación de deuda, para los fines previstos en la ley, las instituciones financieras deberán definir los plazos y la tasa de interés anual a aplicar en base a sus políticas, productos de crédito y las condiciones de libre mercado.

7/ El mecanismo para acogerse a los beneficios de la ley es acreditando antes las entidades financieras, mediante los mecanismos establecidos por las mismas, los acreedores con los que se mantiene una obligación crediticia y el cumplimiento de otros requisitos exigidos.

8/ Entre los requisitos destacan presentar toda la información que las entidades financieras establezcan para otorgar sus productos financieros, notificar al empleador cualquier obligación derivada de la presente ley, a partir de la suscripción del contrato crediticio, notificar a cada empleador de sus obligaciones preexistentes con las instituciones financieras y cumplir con el pago puntual de las obligaciones adquiridas.

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