Tegucigalpa, Honduras
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) aprobó un reglamento que viene a favorecer y proteger a los usuarios de la telefonía celular, sobre todo a los de la modalidad prepago.
En Honduras se registran 7,965,024 usuarios del servicio móvil, de los que el 92.3% (7,348,623) están en la modalidad prepago, mientras que el resto 7.7% (616,401) son pospago o plan.
El reglamento fue aprobado en La Gaceta 34,546 del 19 de enero de 2018. La Conatel sostiene que los usuarios de prepago tienen que recibir el servicio en las mismas condiciones de calidad y trato no discriminatorio ofrecido a los clientes de la modalidad pospago, debiendo pagar únicamente por los consumos que efectivamente les son prestados y con la aplicación de las tarifas de acuerdo con el marco regulatorio vigente.
1. Uno de los temas más importantes que regula el reglamento son los saldos, especialmente la vigencia. Agrega que todos los saldos no relacionados a una promoción, bonificación o regalía de cualquier índole, es decir los pagados efectivamente por el usuario conforme a lo estipulado en el artículo 3 del reglamento, tendrán una vigencia mínima de 90 días.
2. El saldo de compensación está sujeto a lo que establezca Conatel. Las demás modalidades de saldos tendrán la vigencia que este estime conveniente o estructure mediante sus ofertas comerciales. En caso de que el usuario tenga saldo disponible de un servicio comercial y active una nueva recarga antes del vencimiento, la vigencia del saldo total acumulado será la que resulte más distante en el tiempo.
3. El orden de aplicación de débitos de saldos será el que determine el prestador de servicios de acuerdo con la estrategia comercial, respetando únicamente que el primero en ser consumido para los servicios de voz será el saldo de compensación. De existir imposibilidad técnica, la compensación se podrá otorgar como promocionales con la entrega de segundos o minutos a los usuarios a efecto de que se debite de esta forma en orden de prioridad.
4. Si el usuario no usó el total del crédito o saldo que está en la cuenta, el mismo deberá mantenerse a disponibilidad de este de acuerdo con la vigencia establecida en el reglamento, como mínimo. Asimismo, los sistemas informáticos deberán tener la capacidad para proveer mensajes audibles, video o texto, de acuerdo con el tipo de servicio que utilice el usuario, a fin de comunicarles de manera oportuna sus saldos disponibles.
Además, si el sistema lo permite le puede indicar cuándo su cuenta llegue a un cierto límite de saldo, para efecto de que el usuario realice nuevas recargas para poder seguir gozando de los servicios elegidos.
La Conatel sostiene que lo anterior permitirá que los diferentes saldos puedan ser usados dentro de las vigencias establecidas, respetar los derechos de los usuarios y evitar que se afecten indebidamente sus intereses.
También maximizar los beneficios a los usuarios por los servicios ofertados y pagados de manera anticipada y evitar que se realicen prácticas abusivas en contra de los usuarios.
Cuando los usuarios deseen realizar consulta de saldos, se deberá reflejar la totalidad disponible, incluyendo las eventuales compensaciones y cualquier crédito. Los proveedores deben permitir a través de las plataformas de prestación de servicios la posibilidad de que sus usuarios puedan consultar cuáles servicios tienen suscritos de SMS, voz y datos, entre otros.