Economía

¿Qué estipula la ley sobre los errores y cobros excesivos de energía?

El Reglamento del Servicio Eléctrico de Distribución dispone lo procedente por reclamos ante altos consumos facturados y equivocaciones en cuanto a cobranza
24.06.2024

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Aunque desde la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) solo se indica que se pueden hacer reclamos por errores y cobros excesivos en la factura mensual, hay una ley que ampara a los usuarios ante estas situaciones.

Se trata del Reglamento del Servicio Eléctrico de Distribución revisado por EL HERALDO que es parte del acuerdo 028 de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) vigente desde el 13 de enero de 2020 que se promulgó en el diario oficial La Gaceta.

Las disposiciones de esta norma regulan las condiciones para la prestación del servicio público de electricidad dentro del territorio hondureño con especial énfasis en las relaciones entre la empresa distribuidora (en este caso la ENEE) y los usuarios o terceros que tengan alguna vinculación con los sistemas de distribución eléctrica.

Desde hace más de dos décadas se vienen reportando casos de abusos en la facturación, incluyendo promediar los consumos energéticos que afectan a los clientes de la estatal.

Las mismas irregularidades se mantienen en la actualidad de parte de la ENEE que a partir del 19 de agosto de 2023 retomó la gestión comercial, lectura y facturación de energía eléctrica en el país.

Entre abril y mayo pasado se detectaron en el sistema del organismo autónomo de 150,000 a 200,000 facturas que presentaron un incremento del 30%, por lo que serán sometidas a un proceso de auditoría por una comisión interinstitucional.

EL HERALDO informó que de conformidad a la labor de fiscalización de la CREE en octubre del año pasado la estatal eléctrica cobró erróneamente 35.9 millones de lempiras por 6.12 gigavatios de energía, causando un perjuicio en 3,810 abonados.

Continúan los cobros excesivos de la UTCD por consumo de energía

Exigir y reembolsar

El artículo 68 del referido reglamento acerca de errores en los cobros subraya que “cuando por errores de la empresa distribuidora en la lectura o en el proceso de facturación se hubiesen cobrado montos distintos de los que corresponden, la empresa distribuidora tendrá derecho a exigir el pago de los montos cobrados de menos y deberá reembolsar montos pagados de más por parte del usuario, aplicando las tarifas que hayan estado vigentes a lo largo de los períodos correspondientes y tomando en consideración los subsidios o descuentos aplicables al caso concreto”.

“Una vez identificado el error por parte de la empresa distribuidora deberá documentarlo, corregirlo y notificar en la factura al usuario el crédito o debido aplicado, según corresponda”, se añade.

Además, la misma disposición indica que la empresa distribuidora, es decir la ENEE podrá exigir el reintegro de diferencias a su favor solo hasta por un máximo de seis meses antes de la primera factura emitida después de haberse detectado el error y sin aplicar intereses moratorios.

“Los reclamos de naturaleza comercial presentados por los usuarios tales como reclamos por cobros que el usuario juzga excesivos o reportes de no haber recibido a tiempo la factura, la empresa distribuidora deberá resolverlos en la medida de lo posible en el acto. Si la solución del problema necesita investigación, la empresa distribuidora deberá comunicar al interesado su respuesta dentro del plazo de diez días de presentado el reclamo”, plantea el artículo 84 del reglamento.

Autoridades de la ENEE aclararon que al detectar y considerar procedente la queja por el excesivo cobro o error en facturación no se devuelve el dinero, sino que se otorga un crédito a favor del usuario para los siguientes meses que reciba el servicio.

¿Cómo presentar un reclamo por inconvenientes en la ENEE?

Innecesaria

“No es necesaria una comisión auditora para que la ENEE revise su facturación y rectifique en forma transparente, si es que es el caso. Abril y mayo fueron meses muy atípicos en cuanto a temperatura ambiente, eso provocó un consumo más alto superior al 16% pues la mayoría de los electrodomésticos consumen más cuando la temperatura ambiente sube a niveles mayores de 40 grados centígrados”, manifestó a EL HERALDO el asesor en materia energética y directivo del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), Salomón Ordóñez.

Sostuvo que “el principio es muy básico y se demuestra que lo consumido (energía) tiene que pagarlo. Si la historia se repite todo el tiempo entonces la solución es buscar modelos como el caso de Guatemala, El Salvador y Panamá”.

Para rescatar la ENEE se necesitan cambios estructurales importantes, enfatizó el exgerente de la estatal.

El presidente del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (STENEE), Miguel Aguilar, mencionó a este rotativo que “la estatal está en la obligación de dar respuesta in situ y en el sistema a la población que con documentación en mano presenta reclamos por alto consumo de energía porque es inaceptable que le salga más a pagar si en los meses anteriores en unas zonas más y otras menos no se tuvo energía”.

Pese al nombramiento de la comitiva compuesta por personal de la ENEE, CREE, incluyendo de la Fiscalía de Protección al Consumidor del Ministerio Público (MP) es la estatal eléctrica que debe de resolver cada reclamo interpuesto, aseguró.

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