TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Hace más de tres décadas en Honduras se desarrolló un impuesto aplicado a los automóviles que circulan a nivel nacional con cualquier placa particular o de alquiler.
Se trata de la Tasa Única Anual por matrícula vehicular estipulada inicialmente en el decreto 18-90 que fue reformado a través del decreto 194-2002 contentivo de la Ley del Equilibrio Financiero y Protección Social.
Del referido cobro quedan exentos los automóviles del cuerpo diplomático, consular, incluyendo de las misiones internacionales.
¿Cuánto es el pago de la matrícula vehicular en Honduras?
Desde 1990 la matrícula vehicular que recauda el Instituto de la Propiedad (IP) conserva los montos que van de 1,200 lempiras al año por automóviles particulares con una motorización hasta los 2,500 centímetros cúbicos (cc), mientras que de 2,501 centímetros cúbicos en adelante les corresponde pagar 2,200 lempiras.
En el caso de las motocicletas la tasa única es de apenas 200 lempiras y 1,000 lempiras tanto para remolques como rastras.
El cobro para los automotores de alquiler son menores debido a que por aquellos de hasta 2,500 cc cancelan 750 lempiras y 1,200 lempiras para los que disponen de motores de 2,501 cc en adelante.
Sin embargo, este tributo también se compone por un pago a la municipalidad en el que se encuentre adscrito el domicilio del propietario del vehículo, mismo que varía y por lo general en las principales ciudades se va encareciendo año tras año.
Esa tasa vehicular municipal se define mediante el plan de arbitrajes de las 298 alcaldías.
Calendario de fechas clave para el pago de la tasa vehicular en 2024
A partir de julio de cada año inicia el período de pago de la tasa vehicular, de acuerdo con la terminación de las placas de los automotores.
Los vehículos con registros metálicos que terminan en 0 y 1 les corresponde realizar este pago el séptimo mes de año, mientras que en agosto las placas con 2 y 3 al final.
Los automotores con registros 4 y 5 les toca en septiembre; en octubre para las terminaciones 6 y 7; en noviembre deben realizar la contribución los vehículos con placas 8 y 9, respectivamente.
Para las motocicletas, rastras, remolques, automóviles exentos al igual que del gobierno deben cumplir con la obligación de la tasa vehicular en diciembre.
¿Cómo verificar el monto exacto de la tasa vehicular de tu vehículo?
Con el auge de la tecnología ya no se requiere de asistir a una institución bancaria para conocer el monto a pagar por matrícula vehicular.
El IP ha puesto a disposición un enlace para consultar la tasa vehicular al alcance de un aparato con acceso a internet y por medio de https://placas.ip.gob.hn/vehiculos
En ese vínculo se digita los caracteres de la placa del automotor que no puede ser menor de seis ni mayor a siete, sean la combinación de números o letras.
Luego de ingresar la placa del carro, motocicleta u otro automotor se especificara la marca, color como también las tasas vehicular y municipal.
Si se acumulan saldos anteriores por falta de pago hasta multas aparecerán reflejados y se sumarán al total anual a cancelar.
Por ejemplo para un vehículo turismo del Distrito Central con un motor por debajo de los 2,500 centímetros cúbicos con una antigüedad de una década se le cobran los 1,200 lempiras de tasa vehicular y 1,720 lempiras de tasa municipal para totalizar L 2,920 concernientes a la matrícula de 2024.
Según la segunda sección del artículo 8 de la Ley del Equilibrio Financiero y Protección Social, “la Tasa Anual por Matrícula de los vehículos nuevos o usados a internarse por primera vez del país será de dos ciento (2%) sobre el valor CIF más los derechos y demás cargos que cause la importación, al momento de su liquidación”.
“Esta Tasa Única Anual por matrícula se aplicará sobre el precio de factura de venta en plaza cuando el vehículo sea adquirido en el mercado interno. En ambos casos, el valor resultante no deberá ser inferior a 3,000 lempiras por concepto de este impuesto. El pago de esta tasa será anual durante un período consecutivo de cinco años”, añade la disposición vigente.
Si el dueño de un automotor incumple con el pago de la matricular vehicular se le impone una sanción pecuniaria de 500 lempiras al haber transcurrido el primer mes en el que correspondía cancelar la tasa y que después se va aplicando con multas de 250 lempiras hasta llegar a los 3,000 lempiras.
En la actualidad existen facilidades como planes de pago a través del Instituto de la Propiedad o acreditar en cuotas por medio del banco en el que se tenga activa una cuenta de ahorro.
Desde el Congreso Nacional se han venido aprobando amnistías vehiculares que han beneficiado a ciertos propietarios de automóviles que no pudieron cumplir con el pago en tiempo y forma del tributo sin multas ni recargos.