TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Autoridades del Servicio de Administración de Rentas (SAR) afirmaron que están aplicando el Decreto 33-2020 conforme a como fue emitido por el Congreso Nacional respecto al descuento de 8.5% del Impuesto Sobre la Renta (ISR) del periodo fiscal 2019 para las pequeñas y medianas empresas.
La jefe del departamento de recaudación del SAR, María Isabel Maradiaga, dijo que “el valor que va a pagar el obligado tributario es sobre lo que está pendiente de pago y es justo sobre ese valor que se va a aplicar el 8.5% de descuento”.
Insisten en que el valor que van a pagar los contribuyentes es el impuesto pendiente de pago y no sobre todo lo generado en el año. Afirmó que el Decreto 33-2020 entró en vigencia el 3 de abril, “entonces no podemos aplicar un porcentaje de descuento a valores que ya fueron efectuados en un tiempo donde no existía esta norma”.
Sin embargo, el gerente de asesoría legal del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), Gustavo Solórzano, calificó la postura e interpretación de las autoridades del SAR como “abuso de autoridad”.
Detalló que en el artículo 2 de la Ley de Auxilio a los Sectores Productivos y Trabajadores establece que los pequeños y medianos empresarios podrán gozar de un descuento del 8.5% en el ISR a pagar del período fiscal 2019, entendiéndose que se contempla de enero a diciembre.
Para el presidente del Cohep “no hay interpretación alguna que valga, la ley está clara”.
Citó que los servidores del Estado no tienen más facultades que las que le confiere la ley, todo lo que esté fuera de ley es nulo e implica responsabilidad.
Las pequeñas y medianas empresas han interpuesto múltiples quejas sobre la respuesta que les ha dado el SAR, aseveró Sikaffy.
Agregó que la actitud de las autoridades de la administración tributaria debilita más la seguridad jurídica del país, a su vez dijo que el Ministerio Público (MP) debería actuar de oficio en este caso.
Plazo
Las autoridades del SAR proyectan recaudar 3,500 millones de lempiras en Impuesto Sobre la Renta para este último pago del periodo fiscal 2019.
El plazo vence el próximo 30 de abril para los grandes contribuyentes, mientras que para los pequeños y medianos se aprobó una prórroga hasta el 30 de junio.
Sin embargo, las que paguen el 30 de abril tendrán el controversial descuento de 8.5% que según el SAR es solo por el pago pendiente y el Cohep dice que se debe aplicar a todo el periodo fiscal del año anterior. Los interesados en pagar el ISR exigen que haya claridad sobre la normativa aprobada.