Tegucigalpa, Honduras.- El directorio del Banco Central de Honduras (BCH), que es el órgano responsable de la política monetaria, cambiaria y crediticia, está conformado por cinco miembros, de los que uno será el presidente de la institución y otro el vicepresidente, más tres directores.
Así lo estipula la Ley del BCH aprobada mediante Decreto 53 del 3 de febrero de 1950. Sin embargo, el organigrama de enero pasado indica que el directorio apenas cuenta con tres miembros, un presidente -Rebeca Santos-, el vicepresidente -Darío Ramos- y un director, Julio Escoto. Hay dos vacantes en los cargos de directores.
Hasta diciembre pasado el Banco Central contaba con cuatro miembros, sin embargo, la presidenta del BCH confirmó que el director Efraín Suárez terminó su periodo para el que fue nombrado. Según la presidenta del Banco Central, el directorio puede funcionar con tres miembros, que es el quórum requerido para sesionar.
De acuerdo con el artículo 7 de la Ley del BCH, reformado mediante Decreto 111-2004, los miembros del directorio durarán cuatro en sus cargos, y podrán ser nombrados por periodos adicionales iguales. “La ausencia permanente de un miembro del directorio será suplida por un nuevo director, quien cumplirá sus funciones durante el tiempo que falte para completar el correspondiente período”.
El artículo 6 reza que los miembros del directorio serán nombrados por el presidente de la República por medio de la Secretaría de Finanzas (Sefin).
Según el artículo 8, para ser miembro del directorio se requiere ser hondureño por nacimiento, mayor de 30 años, no tener cuentas pendientes con el Estado, ser de notoria buena conducta, ostentar título profesional de nivel universitario y contar con una amplia experiencia en materias relacionadas con la economía general, el comercio internacional, la moneda, la banca, las finanzas públicas y privadas o el derecho económico.
Uno de los atractivos del cargo de director es el salario mensual, no obstante, la remuneración en el presente gobierno ha variado por decisiones de las personas nombradas.
Ejemplo de lo anterior es que en diciembre pasado un director ganaba 324,625 lempiras mensuales y otro L140,192, éste último se redujo en 50% el sueldo cuando asumió el cargo.
El directorio sesionará ordinariamente cada semana y extraordinariamente, siempre que sea convocado por su presidente, quien podrá proceder por iniciativa propia o a petición de dos directores.