Elecciones en Honduras

No habrá sanción en el CNE por no adjudicar Transmisión de Resultados Electorales Preliminares

Bajo el principio de mora del acreedor es improcedente aplicarles el artículo 278 de Ley Electoral

27.07.2021

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Aunque la nueva Ley Electoral establece que las autoridades del Consejo Nacional Electoral (CNE) incurrirán en responsabilidad por no adjudicar el sistema para la Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP), es improcedente esta sanción.

El plazo para cumplir con el último párrafo del artículo 278 de la normativa vigente vence este martes y para políticos como también especialistas en ciencias jurídicas no puede recaer obligación civil, penal o administrativa sobre los consejeros del ente colegiado debido a que no recibieron a tiempo del Congreso Nacional ni el presupuesto para las elecciones generales ni tampoco se le autorizó el procedimiento especial para adquisiciones y contrataciones directas.

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“Hay una obligación en la ley que la tiene el Consejo Electoral que necesita dinero para poder cumplirla y es el Congreso que lo aprueba y aún no lo ha hecho; en Derecho eso se llama mora del acreedor”, mencionó a EL HERALDO el abogado y vocero de la bancada de Libertad y Refundación (Libre), Jorge Cálix.

Agregó que “en este caso el que está exigiendo el cumplimiento de la obligación no hizo su parte para que el compromiso se cumpliera de manera que eso impide al CNE cumplir con sus obligaciones; no ha sido responsabilidad de ellos”.

Por falta de acuerdos e intereses tanto del Partido Nacional como de Libre se ha venido prolongando la discusión y admisión del presupuesto electoral, situación que ha generado desfases en el cronograma elaborado por el organismo que administra los procesos democráticos en el país.

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Seguir trabajado

De su lado, el consejero Kelvin Aguirre aseguró a este rotativo que “no existirá ninguna responsabilidad para ningún funcionario (del Consejo) y se trabajará para que este sistema sea adjudicado en la fecha que establezca el Poder Legislativo”. Una reforma fue planteada a la disposición en referencia del decreto 35-2021 para que en un plazo no mayor al 15 de agosto próximo se ejecute el requerimiento, pero para su aprobación depende de 86 votos a favor.

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