Empresa distribuidora de energía en Guanaja fue intervenida, no expropiada

La Ley General de la Industria Eléctrica no contempla el proceso de expropiación, sino una intervención como ”medida temporal” que finalizará cuando la empresa “esté en condiciones de prestar el servicio”
FALSO
27.05.2024

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El diputado jefe de la bancada del Partido Nacional, Tomás Zambrano, aseguró que desde el gobierno se inició con la expropiación de la empresa distribuidora de energía eléctrica, Bonacco Electric Company S.A. (Belco), que opera en la distribución del servicio en el municipio de Guanaja, departamento de Islas de la Bahía.

“El flamante gobierno de Libre, por órdenes del Foro de São Paulo, inicia las expropiaciones en Honduras para convertirnos en una dictadura, siendo la primera víctima la empresa de energía Belco en Guanaja”, aseveró en su cuenta de X/Twitter el 20 de mayo.

Sin embargo, es falso. En realidad, no es una expropiación, sino una intervención de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), figura contemplada en el en el artículo 8, literal B, de la Ley General de la Industria Eléctrica. Además, la empresa tiene varias denuncias de gestión irregular, lo que llevó a la acción del gobierno.

El equipo de verificación de EL HERALDO intentó comunicarse con Zambrano para conocer la fuente de su afirmación, pero no obtuvo respuestas.

Expropiada, no intervenida

La Secretaría de Energía, en el oficio SEN-41-2024, con fecha 2 de mayo de 2024, ordenó la intervención de Compañía Eléctrica Bonnaco (Belco) a través de la ENEE como ente técnico especializado a través del Programa de Electrificación Rural en Lugares Aislados (Perla).

“El objetivo de esta intervención es que el Programa de Electrificación Rural en Lugares Aislados (PERLA) comienzan operaciones para lograr eficiencia en costos y continuidad de los servicios, así como realizar inversiones en la red de distribución para obtener mejoras sustanciales en la calidad del servicio y reducción de costos para los abonados en un plazo no mayor a seis meses”, explicó el comunicado del organismo autónomo.

Agregó que “el gobierno a través de la Secretaría de Energía y la Empresa Nacional de Energía Eléctrica ha seguido la ruta procesal adecuada y ha utilizado la figura de la intervención contemplada en la Ley General de la Industria Eléctrica. La ENEE no pretende la expropiación, sino un proceso de intervención ordenado; sin embargo, las demandas de dinero exorbitantes por parte de Belco en perjuicio del Estado de Honduras han complicado el proceso”.

El gobierno de Honduras a través de la ENEE intervino Belco debido a múltiples denuncias de residentes de la isla de Guanaja por “cobros excesivos” y “pésimo servicio”.

Los residentes realizaron protestas exigiendo respuesta por parte del gobierno, calificando así la gestión de la distribuidora como “precaria y pésima”.

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Licencia de Belco ya había finalizado

En diciembre de 2022, mediante un informe de inspección realizado por el personal de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), se proponía la intervención gradual de la empresa por parte del Estado a raíz de una ”gestión irregular”.

El informe estipula que el contrato de arrendamiento de la red a Belco cuenta con opción a compra, y bajo una duración de diez años, que la municipalidad de Guanaja le otorgó desde el 5 de octubre de 1985.

Asimismo, se le brindó un contrato de concesión, el 20 de enero de 1998, y se presume una prórroga hasta 2018, según hallazgos del órgano desconcentrado.

En la inspección también se determinó que la licencia de operación de Belco no fue renovada en 2018 y que la empresa desde hace tiempo había ofrecido a la ENEE una remuneración por sus activos no amortizados (inversiones que no han sido pagadas por la tarifa eléctrica según avalúo de la CREE), conforme al artículo 7 de la Ley General de la Industria Eléctrica.

Además, se constató que operan sin registro como agente de la CREE, y sin un pliego tarifario adecuado, haciendo cobros excesivos, lo que ha generado múltiples denuncias debido a la baja o nula calidad del suministro eléctrico, señala el control elaborado por el ente.

Según Virgilio Padilla, comisionado presidente de la CREE, la intervención es necesaria para “normalizar el servicio y proteger a los habitantes de Guanaja”, al aseverar que no se sabe exactamente la tarifa que cobra la empresa distribuidora.

“Belco no tiene concesión ni licencia, y no ha hecho el trámite necesario, como si alguien tuviera una pulpería sin permiso de operación. La alcaldía lo interviene. Nosotros hemos intentado con Belco, pero no tienen un pliego tarifario y no se sabe qué tarifa cobran. No puede seguir así”, puntualizó.

Eduardo Facussé, presidente de Cámara de Comercio e Industrias de Cortés (CCIC), se mostró a favor de la aplicabilidad de la normativa por parte del Estado, pero recomendó el diálogo para evitar acciones que afecten la inversión en el país.

“Si bien existen razones suficientes y legalidad en cuanto a lo actuado en el caso del problema de energía en Guanaja, la figura de INTERVENCIÓN desmejora el frágil clima de inversión del país. Como están demostrando con las adendas, el mejor camino siempre es el diálogo”, argumentó.

¿Qué dice la ley?

La Ley General de la Industria Eléctrica, en el artículo 8, literal, correspondiente a la “intervención de las empresas” ordena que las empresas de generación, transmisión o distribución y usuarios del subsector eléctrico nacional estén sujetas a la supervisión e intervención por parte del Estado en la operación de sus funciones.

“La Secretaría, previa opinión de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), puede acordar la intervención de cualquier empresa de generación, transmisión o distribución cuya situación o desempeño amenace afectar la continuidad o seguridad del servicio”, ordena el artículo.

La normativa establece que la intervención se debe realizada por la Secretaría de Energía (Sen) con previo análisis de la Cree sobre su funcionamiento y velar por el cumplimiento de los servicios eléctricos.

El precepto establece un total de tres causales: la suspensión o quiebra de la empresa, gestión irregular con la interrupción del suministro y la falta de mantenimiento de las instalaciones.

Asimismo establece que la intervención es una “medida temporal” que será terminada cuando la empresa vuelva a tener las condiciones para prestar el servicio a la comunidad, donde el gobierno puede intervenir por un plazo no mayor a los dos años.

“En el procedimiento sancionatorio que dé lugar a la intervención, deberán acreditarse los incumplimientos que la motiven. La intervención será una medida temporal y cesará cuando la empresa intervenida esté nuevamente en condiciones de prestar el servicio. La intervención no podrá exceder un plazo de dos (2) años”, agrega el precepto.

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Conclusión

El diputado jefe de la bancada del Partido Nacional aseguró que el flamante gobierno de Libre, por órdenes del Foro de São Paulo, inicia las expropiaciones en Honduras para convertirnos en una dictadura, siendo la primera víctima la empresa de energía Belco en Guanaja”.

Existe un debate entre los términos expropiación e intervención donde se tilda la determinación de tener “fines confiscatorios”, mientras que, desde la estatal y otros analistas, asegura que se actuó con base en lo dispuesto en el ordenamiento jurídico nacional, en este caso la Ley General de la Industria Eléctrica.

El equipo de verificación de EL HERALDO determinó que, en efecto, la normativa anteriormente mencionada, en el artículo 8, literal B, ordena que las empresas de generación, transmisión o distribución puedan ser intervenidas por gestión irregular con la interrupción del suministro tal como denunciaron los pobladores de la isla de Guanaja.

La intervención se define en la Ley de la Industria Eléctrica como un control administrativo que se da cuando el funcionario interventor, en este caso la ENEE, reemplaza al titular del órgano intervenido, en este caso, la empresa distribuidora Belco, por denuncias de mala gestión.

La expropiación o confiscación se refiere a incautar o privar de posesiones o bienes para su incorporación a la administración del Estado sin indemnización alguna. Además, desde el gobierno, el equipo de verificación EL HERALDO no encontró ningún PCM o decreto que ordenara la expropiación de la empresa en mención.

Con la expropiación, el Estado obliga a la empresa a vender sus bienes, mientras que con la intervención se revisa el funcionamiento de la empresa privada. Además, la CREE aseguró que los activos siguen siendo de Belco.

Por lo tanto, consideramos como falsa la aseveración de Zambrano.

Fuentes

Nuestras calificaciones

Verdadero

Las pruebas apuntan, con contundencia y rigurosidad, a que lo afirmado es cierto.

Falso

Las evidencias no dejan margen a que lo afirmado es falso.

Ni sí, ni no

La expresión contiene algunos elementos verdaderos, pero en un contexto engañoso.

No verificado

No hay información pública o disponible que confirme o desmienta la expresión declarada.

¡Plop!

Además de ser falsa, la declaración cae en exageración.

José Quezada

José Quezada

jose.quezada@elheraldo.hn


Periodista egresado de la UNAH. Se desempeña como redactor digital de El Heraldo desde 2022. Se especializa en la elaboración de noticias de última hora, Fact-checking, semblanzas, temas políticos y educativos.

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