Tegucigalpa, Honduras
Mediante acuerdos, el Poder Ejecutivo otorgó megapoderes a los dos subsecretarios de la Presidencia, quienes ahora tienen la potestad de firmar todos aquellos asuntos relacionados con partidas presupuestarias relacionadas a las instituciones adscritas a la Secretaría de la Presidencia y también podrán decidir la contratación o el despido del recurso humano.
A través del Acuerdo Ejecutivo 016-A-SP-2018, a la subsecretaria Lidia Estela Cardona Padilla se le asigna la suscripción de todo tipo de contratos de bienes y servicios en todo lo relacionado a la operatividad de la Dirección General de Servicio Civil, así como refrendar los acuerdos de nombramiento y acuerdos de cancelación.
Además puede firmar los contratos de servicios profesionales, consultorías y cualquier otro movimiento de personal que presten o deban prestar sus servicios en dicha dirección.
Por otra parte, puede suscribir todo tipo de documentos, resoluciones administrativas, formulación de convenios y demás actos relacionados con Servicio Civil.
Asimismo se le delega la potestad para firmar todas aquellas acciones relacionadas con las partidas presupuestarias.
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De igual manera, a través del acuerdo ejecutivo 016-B-SP-2018, al subsecretario Feryd Alberto Bascha Sahury se le faculta para que suscriba todo tipo de contratos de bienes y servicios en todo lo relacionado a la operatividad de la Dirección Ejecutiva de Cultura y Artes y la Dirección Ejecutiva de Deportes, la Comisión Nacional Pro Instalaciones Deportivas (Conapid), de la Confederación Deportiva Autónoma de Honduras (Condepah), del Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, la Drogadicción y la Farmacodependencia (IHADFA) y del Comité Permanente de Contingencias (Copeco), entidades jerárquicamente adscritas y subordinadas al Secretario de la Presidencia.
De la misma manera, se le autoriza para que pueda refrendar los acuerdos de nombramiento y acuerdos de cancelación. También se le da la potestad de firmar los contratos de servicios profesionales y de consultoría y cualquier otro movimiento de personal que presten o deban prestar sus servicios a los mencionados órganos desconcentrados; previamente autorizados por el secretario de la Presidencia, por ser de su exclusiva competencia.
Del mismo modo se le delega registrar su firma como titular, y la de los gerentes administrativos en funciones, en cuentas ya abiertas o por habilitar en el Banco Central de Honduras, o en bancos comerciales a nombre de los órganos que se le designan.
Se le asigna la responsabilidad de firmar todos aquellos asuntos relacionados con partidas presupuestarias. En el caso de los movimientos de recurso humano, deben ser del conocimiento del secretario de la Presidencia, dicen los dos acuerdos, publicados en La Gaceta 34,636 el 10 de mayo de este año.