TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) pusieron en marcha la operatividad de la nueva Supervisión General del Poder Judicial, que llega en sustitución de la Inspectoría de Tribunales.
La Supervisión General del PJ será un ente estratégico desconcentrado del Poder Judicial; para el control interno, que por delegación de la Corte Suprema de Justicia ejerce la vigilancia judicial administrativa en forma transversal en todas las dependencias que conforman ese poder del Estado, según indica el acuerdo de aprobación del Reglamento de la Supervisión al que tuvo acceso EL HERALDO.
Entre sus facultades estará la verificación de que las actividades y servicios que se presten se hagan en forma eficiente, oportuna, eficaz e imparcial mediante el examen de la conducta de los funcionarios y empleados judiciales y el cuidado del correcto desempeño de sus deberes.
Este nuevo ente jurisdiccional contará con una supervisión general y una adjunta, además, una coordinación nacional, secretaría general y oficinas regionales de supervisión.
Administración
La Supervisión dependerá del pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia a través de su presidente.
El supervisor general será el responsable de la administración y gestión de la dependencia, así como de la administración de los fondos que les sean asignados y de los cuales presentará las correspondientes liquidaciones a la Dirección Administrativa.
Dependiendo directamente del supervisor general estará la Coordinación Nacional, quien estará bajo las oficinas regionales de Supervisión, que controlan y dirigen el trabajo del cuerpo de inspectores que forman la Inspectoría de Juzgados y Tribunales.
Atribuciones
El nuevo ente jurisdiccional tendrá las atribuciones de realizar visitas de inspección generales o especiales a los despachos judiciales, de manera periódica y por lo menos una vez al año, dejando constancia de la visita en acta que se levantará al efecto con las conclusiones y recomendaciones del caso.
Asimismo, atender, recepcionar y evacuar las denuncias que se formulen sobre el desempeño, asistencia, comportamiento ético y rendimiento del personal que labora en el Poder Judicial, entre otros.