Honduras

La Universidad Nacional de Agricultura camina hacia una crisis de autoridad

Bajo la premisa de “por esta única vez”, la Comisión Interventora seleccionó a un rector usando un manual

27.01.2020

TEGUCIGALPA, HONDURAS.-Si en los próximos 28 días que le quedan de gestión, la Comisión Interventora de la Universidad Nacional de Agricultura (UNA) no encuentra una solución a la cuestionada elección de Wilmer Misael Reyes Sandoval como nuevo rector, entonces dejará a ese centro de estudios agrícolas sumido en una nueva crisis de gobernabilidad.

La dejaría en una situación similar a la que encontró al llegar en enero de 2017 y cuyo deber era resolverla para que nunca más se repitiera. La intervención -que ya lleva tres años y que debe finalizar este próximo 23 de febrero- tenía como fin solucionar la problemática que tenía ese centro educativo -con sede en Catacamas, Olancho-, normalizar sus funciones y mejorar los estándares de calidad.

Parte de la crisis que en ese momento vivía la universidad giraba alrededor de la segunda reelección de Marlon Escoto como rector, acción que luego los tribunales de justicia dictaminaron como ilegal.

Si bien, por un lado el grupo de trabajo ha dado pasos en el mejoramiento de los aspectos académico y administrativo, por otro presenta una serie de hechos que amenazan con ensombrecer su labor.

Una de ellas es la selección de Reyes Sandoval como nuevo rector, designación que si la Comisión Interventora no resuelve tras el reclamo administrativo de uno de los participantes en el concurso público de selección, entonces el caso tomaría el camino a los tribunales de justicia.

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Polémica elección

Para avanzar en el ordenamiento de la universidad, la Comisión Interventora, dirigida en aquel entonces por Marcial Solís, creó un nuevo estatuto para la UNA, el cual se publicó en La Gaceta en el 2017.

El artículo 298 de esta normativa estipuló que en el término de dos años las autoridades universitarias, en este caso los interventores bajo la titularidad ahora del general de división (en retiro) Andrés Felipe Díaz López, debían aprobar y publicar los reglamentos que normaran los diferentes procesos en la universidad.

Jurídicamente, según abogados consultados, el estatuto es una herramienta normativa que establece condiciones generales y para cumplirse manda a la reglamentación, donde se estipulan los aspectos específicos.

No obstante, argumentando el mandato que le dio el Poder Legislativo y artículo número 172-2016 y artículos 283 al 290 y del 293 al 298 del Estatuto de la Universidad Nacional de Agricultura, la Comisión Interventora desde inicios de 2019 comenzó a preparar la elección del nuevo rector, sin contar con el reglamento para la elección de las autoridades universitarias.

Para cubrir ese vacío, el 18 de marzo de 2019, los interventores, mediante resolución CI-U-032-12-2019, crearon un manual para la selección y nombramiento de autoridades universitarias en la UNA.

Este documento era exclusivamente para orientar a los comisionados en “los procesos de concurso para seleccionar al nuevo rector”. Esta disposición no se publicó en La Gaceta, porque según la comisionada Norma Martín de Reyes, el manual “no tenía que ir a La Gaceta porque no es de uso público, es solo para este momento. Lo que va a La Gaceta es aquello que afecta en general”.

Luego, el 12 de agosto la Comisión Interventora publicó la convocatoria a concurso público CI-UNAG-RH-003-2019 para elegir al nuevo rector y ese mismo día ingresó a la Dirección de Educación Superior el proyecto de reglamento de elección de las nuevas autoridades universitarias, instrumento que a la fecha de hoy no ha sido publicado en La Gaceta.

En la convocatoria en el numeral 12 se estableció que los candidatos a rectores no debían tener demanda en curso en contra de la institución por ninguna causa. Asimismo se determinó en el numeral 13 que tampoco debían “ser pariente de cualquier otra persona que ocupe cargos de autoridad en la Universidad Nacional de Agricultura, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad”.

Siete profesionales se presentaron al concurso: Héctor Yobani Baca Santos, Wilmer Misael Reyes Sandoval, José Lino Pacheco Tinoco, José Rolando Salgado, Juan Miguel Pérez, Leonardo Lenín Banegas y Roy Donaldo Menjívar.

Sin embargo, el candidato Reyes Sandoval tenía a su hermano mayor José Trinidad Reyes Sandoval como secretario general de la UNA. Asimismo este aspirante junto a los postulantes Pérez y Menjívar también tienen demandada a esta universidad por un cuestionado arancel profesional.

El 12 de agosto José Trinidad Reyes Sandoval renunció al cargo de secretario general, sin embargo, según la resolución CI-U-090-2019, la renuncia fue aceptada hasta el 9 de septiembre.

Extrañamente el 19 de agosto la Comisión Interventora le hizo una adenda a la convocatoria a concurso público y modificó el numeral 12 eliminando la exigencia de que los candidatos no debían tener demanda en curso en contra de la universidad por ninguna causa. De la misma manera, cambió el numeral 13, quitando también el requisito del parentesco.

Posteriormente, el 10 de octubre los interventores dictaminaron que el mejor candidato era Wilmer Misael Reyes Sandoval dándole una calificación de excelente y designándolo como el nuevo rector de la UNA para el periodo 2020-2023.

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Inconformidad

El 1 de noviembre de 2019, el postulante Juan Miguel Pérez interpuso ante la Comisión Interventora un reclamo administrativo impugnando el “concurso público CI-UNAG-RH-003-2019 a fin de que se declare nulidad del acto administrativo emitido en el acta de selección del rector de fecha 10 de octubre de 2019, en la cual se identifica como rector seleccionado al señor Wilmer Misael Reyes Sandoval”.

Entre las consideraciones que el reclamante manifiesta en el escrito está la modificación del artículo 13 de la convocatoria a concurso público, la cual según él “se realizó con la sola intención de beneficiar al señor Wilmer Misael Reyes Sandoval”.

Asimismo alega que hasta el 10 de septiembre, gracias a la circular CI-UNAG-539-2019, se enteró de la existencia del manual de selección de autoridades universitarias, instrumento de carácter general que no fue mencionado en las bases de la convocatoria a concurso público, por lo que no era del conocimiento de los interesados en el concurso.

El manual fue aplicado sin ser una normativa vigente, “pues al ser de la naturaleza de un acto de carácter general debió ser publicada en el diario oficial La Gaceta para adquirir eficacia”. En el reclamo se recuerda que el artículo 32 de la Ley de Procedimiento Administrativo manda: “El acto de carácter general como un decreto o reglamento adquiere eficacia desde la fecha de su publicación en el diario oficial La Gaceta”.

Asimismo Pérez explica que el 8 de octubre la comisión lo convocó para decirle que estaba fuera del proceso de concurso público porque no cumplía el aspecto de años de experiencia docente, sin explicarle legalmente por qué no tomaban en cuenta sus más de ocho años en la docencia. “También se mencionó que estaba joven y que podía esperar otro proceso”.