TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La irresponsabilidad paterna, y en ciertos casos, materna, con relación al cumplimiento de las necesidades más básicas de los hijos menores de edad, se ha vuelto una infame costumbre en los hogares hondureños, afectando a los menos culpables de las separaciones de sus progenitores.
Aunque el Código de Familia establece las sanciones para los padres (hombre o mujer) a quienes se les penaliza con el pago de un embargo alimenticio, muchos de ellos logran evadir el castigo usando un sinnúmero de artimañas.
Es por ello que el Poder Judicial está en el proceso de construcción y aprobación de un Reglamento de Registro de Deudores Alimentarios Morosos con el objetivo principal de que esos padres cumplan con el deber de proveer todo lo necesario para el crecimiento de sus hijos.
El nuevo reglamento incluirá penalizaciones fuertes para actuar de forma coercitiva contra todos aquellos que en la actualidad incumplan no solo con la parte alimenticia, sino, también con lo necesario para la parte educativa, médica, vestimenta y hasta en su vida recreacional.
Drásticas sanciones
El borrador del nuevo precepto en cuestión de familia detalla en la sección I, artículo 2, que aquellas personas que estén morosas con el cumplimiento del pago de tres cuotas alimentarias continuas o cinco alternas, serán inscritas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
El ya estar inscritas en ese Registro, según manda el artículo 3, les restringirá de realizar la apertura de cuentas corrientes en entidades bancarias del país; el otorgamiento o la renovación de tarjetas de crédito y tramitar préstamos de cualquier tipo.
Además, no podrán abrir un comercio (negocio) y/o industria, la solicitud de un pasaporte, ni la emisión de licencia de conducir o su renovación.
Todas esas solicitudes expuestas no podrán ser gestionadas sin que la persona natural interesada haya presentado el Certificado Libre de Deuda Alimentaria a la correspondiente institución pública o privada en la que desee hacer el trámite legal.
¿Cómo funcionará?
El Registro de Deudores Alimentarios Morosos estará a cargo del Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial (CEDIJ), a través de la Unidad de Control y Seguimiento Nacional, y de todos los Juzgados de Letras de Familia, Departamentales y Seccionales a nivel nacional.
Los Juzgados de Letras de Familia tendrán la misión de mantener actualizado el Registro con los funcionarios judiciales necesarios para alimentar el correspondiente sistema electrónico de gestión.
Los archivos contendrán: nombres y apellidos de la persona deudora alimentaria morosa, edad, sexo o género, nacionalidad, y profesión u oficio, su domicilio actual, último domicilio conocido, número de documento nacional de identificación, entre otros.
El reglamento está siendo elaborado por una mesa técnica en la que incluye personal de los Juzgados de Familia y magistrados de la Corte Suprema de Justicia y podría entrar en vigencia en el primer trimestre de este mismo año.