TEGUCIGALPA, HONDURAS.-Por proselitismo prematuro, algunos partidos políticos podrían ser sancionados conforme a lo establecido en la Ley Electoral, advierte el titular del Consejo Nacional Electoral (CNE), Julio Navarro.
+Regístrese y disfrute una nueva experiencia como lector
A falta de dos años para la celebración de los próximos comicios electorales, en 2025, en algunas organizaciones políticas ya se habla de candidatos a cargos de elección popular, como el caso del oficialista Libertad y Refundación (Libre) y el opositor Partido Nacional (PN).
“La Ley Electoral dice que no pueden haber reuniones de promoción política, además de cuando se deben hacer esas reuniones de promoción política”, advirtió Navarro.
Asimismo, agregó que “la actual ley por la que nos regimos nosotros establece que entre el 8 de septiembre y el 8 de marzo es cuando debe haber propaganda abierta y los tiempos. La misma establece cuáles son las sanciones que un partido que falta a ese espíritu tendrá, hay sanciones y la ley establece cuáles son”.
La ley le prohíbe a Héctor ser presidente
El artículo 240 de la Constitución establece quiénes no pueden ser presidentes y el punto seis inhabilita a la mano derecha de la presidenta.
No podrán ser presidentes “el cónyuge y los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del presidente y de los designados que hubieren ejercido la presidencia en el año precedente a la elección”, cita la Constitución.
Zelaya está dentro del segundo grado de afinidad de la mandataria y hasta las elecciones del 2029 podría entrar en contienda política.